30 consejos para pagar menos en
EXPANSIÓN ofrece las principales recomendaciones
Poco más de un mes le queda a un año 2022 en el que la fiscalidad ha tenido una buena cuota de protagonismo en el debate político y la actualidad informativa. La invasión de Ucrania por parte de Rusia en el primer trimestre ha marcado el ejercicio con una crisis de inflación que ha traído la desaceleración económica e incluso amenaza con una recesión a buena parte del mundo, y en concreto, a Europa y España. En este contexto, los gobiernos se han visto obligados a tomar medidas para, por un lado, aliviar el impacto de la subida de precios en el bolsillo de los ciudadanos y, al mismo tiempo, conseguir los recursos suficientes para financiar dichas medidas.
Para ello, la política fiscal supone una herramienta fundamental, por lo que tanto el Gobierno central como las comunidades autónomas han aprovechado los meses posteriores al verano para anunciar sus medidas tributarias, algunas aplicables ya al presente ejercicio, y otras para 2023. De esta manera, en plena recta final de 2022, los contribuyentes aún tienen margen de tiempo para realizar, antes de terminar el año, los trámites, operaciones y acciones necesarios para optimizar el pago de impuestos y acogerse a deducciones en el IRPF de 2022, que habrá que declarar entre abril y junio de 2023.
Bajo este prisma, EXPANSIÓN ofrece 30 recomendaciones prácticas a partir de la guía elaborada por el Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales (Reaf) con el objetivo de planificar la próxima Campaña de la Renta 2022. no procederá si alquila por temporada o a una sociedad sin que se designe al empleado de la misma que la va a ocupar. Tampoco tendrá derecho a la reducción si el alquiler incluye la prestación de servicios propios de la industria hotelera, como la limpieza, el cambio de sábanas o un servicio de manutención.
La Dirección General de Tributos interpreta que, en el caso de aportaciones del trabajador a sistemas de previsión social, si se trata de aportaciones empresariales en cumplimiento del convenio colectivo, no se realizan por decisión del trabajador. En cambio, si se hacen en el marco de un programa de retribución flexible sí, y en este último caso, se considerarían efectuadas por el trabajador. Por ello puede ser buen momento para negociar con su empresa la posibilidad de realizar un plan de empleo para 2023. retrasar los ingresos de la actividad al ejercicio 2023 y adelantar gastos antes del 31 de diciembre.
Si se aplica el régimen de módulos, vigile el cumplimiento de los límites en 2022 para no tener que pasar a estimación directa en 2023. Los mismos límites aplicables en los ejercicios anteriores se prevén prorrogar también en 2023. En concreto, las magnitudes de 150.000 euros para el volumen de rendimientos íntegros del año anterior y el volumen de compras y 75.000 euros para las operaciones por las que existe la obligación de expedir factura, quedan fijadas en 250.000 euros y 150.000 euros, respectivamente.
tenga en cuenta esta exención a la hora de practicar las correspondientes retenciones. Para calcular la parte exenta por trabajos en el extranjero puede tener en cuenta los días de desplazamiento al país de destino y de regreso al país de origen.
En el caso de haber vendido en 2022 su vivienda habitual no deberá tributar por la ganancia patrimonial, siempre que reinvierta el importe obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual durante los dos años anteriores o posteriores a la fecha de la transmisión. Para que la vivienda tenga la consideración de habitual y poder aplicar la exención por reinversión es necesario haberla poseído de manera ininterrumpida durante al menos tres años. Por tanto, si está pensando en vender su vivienda pero aún no ha transcurrido dicho plazo, considere si le interesa esperar hasta completarlo. No se exige completar el periodo de 3 años cuando el contribuyente se vea obligado a vender la vivienda debido a circunstancias como el aumento de la familia, molestias vecinales insoportables o cambio del destino en el trabajo.
Los mayores de 65 años tienen la posibilidad de transmitir la vivienda habitual sin tributar por la ganancia obtenida y tampoco cuando transmitan cualquier otro bien o derecho, pero, en este caso, a condición de reinvertir lo obtenido, con un máximo de 240.000 euros, en una renta vitalicia, teniendo en cuenta que el plazo máximo para realizar dicha reinversión es de solo seis meses. Si todavía no ha llegado a esa edad, valore si le interesa aplazar la operación hasta el año en que la alcance.
Si ha percibido un bonus en 2022 y desea reducir la tributación aplicando la reducción del 30% por rendimientos generados en más de dos años, debe tener en cuenta que no podrá aplicarla si en los cinco ejercicios anteriores ya aplicó esa reducción por otro rendimiento de similares características. No obstante, si por la cuantía del rendimiento prefiere aplicar la reducción en 2022 y desea eliminar la ya aplicada en el ejercicio anterior, puede presentar una autoliquidación complementaria suprimiendo la reducción y aplicarla en el ejercicio 2022, ejerciendo su derecho a optar por la aplicación de la reducción en el ejercicio en que desee.
Para que la indemnización de un despido improcedente quede exenta es necesario que dicha improcedencia se reconozca en el acto de conciliación ante el SMAC o por resolución judicial. Sin embargo, en caso de que la Administración perciba indicios de pacto entre la empresa y el trabajador no se aplicará la exención. El requisito no es necesario en el caso de despidos por causas objetivas.
En caso de quedar en paro no tributan las prestaciones reconocidas por la respectiva entidad gestora cuando sean satisfechas bajo la modalidad
En caso de poseer un inmueble en alquiler puede deducir todos los gastos que sean necesarios para la obtención de los alquileres. Por tanto, si tiene que realizar gastos en un inmueble alquilado, anticípelos en este ejercicio para disminuir el rendimiento neto y, de esta manera, estará difiriendo la tributación por el arrendamiento. Sin embargo, si adelanta obras de reparación conservación, conjuntamente con los gastos financieros, esos gastos tienen limitada su deducción hasta un máximo del importe de los ingresos. Los gastos anuales relativos a la comunidad de propietarios, IBI y demás del inmueble no serán deducibles si en 2022 no ha obtenido ingresos por alquileres ni tampoco por la parte proporcional del año en la que el inmueble no haya sido alquilado. Sin embargo, los gastos de reparación y conservación efectuados en esos periodos sí serán deducibles, siempre que sean necesarios para volver a arrendar el inmueble.
Si tiene la consideración de empresa de reducida dimensión, además de aprovechar incentivos como la libertad de amortización con creación de empleo o la aceleración de las amortizaciones, aún está a tiempo de adquirir algún activo nuevo del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias afecto y aplicar una deducción del 5% de la inversión realizada con los rendimientos netos de la actividad de los ejercicios 2021 o de 2022.
En caso de que este año 2022 haya transmitido acciones de una sociedad que no cotiza, obteniendo por ello una ganancia patrimonial, debe estar preparado para una posible comprobación si el precio fijado ha sido inferior al mayor entre el valor de patrimonio neto de la sociedad que corresponda a los valores transmitidos; o el importe que resulte de capitalizar al tipo del 20% el promedio de los resultados de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del impuesto. Para ello lo mejor será disponer de una valoración de la empresa realizada por un perito que acredite que el precio obtenido es el de mercado.
Si en ejercicios anteriores tuvo un saldo negativo originado por la transmisión de elementos patrimoniales y no han pasado más de cuatro años, puede realizar plusvalías y, de esta manera, la tributación de las mismas se verá atenuada o anulada por el aprovechamiento de aquellos saldos negativos.
Si durante 2022 ha obtenido alguna renta en el extranjero y ha satisfecho por ello un impuesto en aquel país, no se olvide de guardar los justificantes para poder deducirse el impuesto pagado allí o el que le hubiera correspondido pagar aquí si se hubiera obtenido la renta en España, en caso de que este último importe sea menor.
Si es socio junto con su familia de una empresa familiar y usted no ejerce funciones de dirección en la entidad, cerciórese de que a 31 de diciembre alguien del grupo familiar, tenga o no participación en la entidad, realice funciones directivas y cobre por ello una remuneración como mínimo del 50% del conjunto de sus rentas del trabajo y de actividad económica.