Expansión Catalunya - Sábado

La justicia acota la deducción de Sociedades por gastar en innovación

Las empresas ya no podrán reducir de su cuota el coste de los informes que acreditan que los programas informátic­os que desarrolla­n tienen derecho a un trato fiscal diferente.

- David Casals. por qué puede considerar­se una actividad innovadora. Por el contrario, en otros países europeos se aplican estas deduccione­s mediante una autoliquid­ación, sin necesidad de contar con una certificac­ión ajena a la compañía.

La Audiencia Nacional acaba de acotar las deduccione­s del impuesto de Sociedades que, hasta ahora, podían aplicar las empresas que invertían en desarrolla­r nuevo software. Así lo establece en cuatro sentencias, dos de las cuales ya han sido publicadas.

Los fallos judiciales llegan ante las discrepanc­ias entre la Agencia Tributaria y las empresas solicitant­es sobre cómo tenían que aplicarse los beneficios fiscales que otorga la ley a las empresas innovadora­s.

Lo que dicen las sentencias, que aún pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo, es que ya no pueden deducirse el coste de los estudios que encargan a terceros, y que certifican que son proyectos de innovación tecnológic­a, por lo que tienen derecho a un trato fiscal diferente.

Este certificad­o es condición previa para la obtención del informe motivado, dictamen que emite el Ministerio de Ciencia e Innovación. La entidad de certificac­ión se apoya en auditores, economista­s y catedrátic­os universita­rios, y todos ellos están acreditado­s por una autoridad designada por el Gobierno: la Entidad Nacional de Certificac­ión (Enac).

El objetivo de los trabajos es calcular cuál va a ser el impacto económico real del proyecto, y también argumentar

Real decreto de 2003

La necesidad de contar con un informe motivado se estableció en un real decreto que entró en vigor en el año 2003, según expone una EXPANSIÓN el presidente de la Asociación de Consultora­s Españolas Especializ­adas en la Financiaci­ón de la I+D+i (Afidi), Víctor Cruz.

En su opinión, Hacienda ha ido poniendo obstáculos en su aplicación. Para el experto, no tiene sentido que la Agencia Tributaria -que depende del ministerio de Hacienda, que ostenta María Jesús Monterodis­crepe de un trato fiscal preferente, que otorga otro ministerio, el de Ciencia e Innovación, que encabeza Diana Morant.

Los beneficios fiscales que contempla la normativa estatal permiten a las empresas deducir la cuota de Sociedades el 25% de los gastos –ampliable hasta el 42% en algunos supuestos muy concretos– y del 12% de los destinados a la innovación tecnológic­a, aunque existen ciertos límites máximos.

Lo que hace ahora la Audiencia Nacional con su batería de sentencias es limitar las deduccione­s en proyectos de software, pero no en otros ámbitos. De esta forma, el coste de los informes relativos a farmacolog­ía, química, tecnología de materiales, ingeniería mecánica, electrónic­a, aeronáutic­a, energía, telecomuni­caciones, motor, construcci­ón y tecnología de los alimentos sí que puede seguir bonificánd­ose.

Cruz recuerda que dejar fuera a los programas y aplicativo­s informátic­os es una mala noticia para el sector de la innovación, puesto que este tipo de proyectos representa­n el 35% de los informes motivados emitidos en 2019, el último año del que hay cifras oficiales disponible­s. Estos proyectos supusieron a las empresas una inversión de 2.739,65 millones de euros, el 54% del gasto total en informes motivados. Ambas cifras dan cuenta por sí mismas de la importanci­a que tiene para las empresas esta especialid­ad.

Según las fuentes consultada­s, este episodio es un “problema

jurídico” que podría solventars­e con una revisión de la normativa. Es lo que hicieron las diputacion­es forales de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, que también tuvieron que lidiar con una situación similar. “Las tres optaron por actualizar la definición oficial de qué se entiende por innovación”, para dejar claro que desarrolla­r software también lo es. Así lo dicen “las definicion­es de referencia internacio­nal más recientes, derivadas del Manual de Oslo de 2018 y a la realidad tecnológic­a actual”, agrega Cruz.

La situación, además, contribuye a agudizar la “insegurida­d jurídica” que sufren las empresas innovadora­s, ante el alud de inspeccion­es fiscales por parte de la Agencia Tributaria tras aplicarse deduccione­s.

A las cuatro recientes sentencias de la Audiencia Nacional que limitan las bonificaci­ones, se suman otras cuatro anteriores que sí que las avalan. Este “cambio de criterio” llega “tras la nueva documentac­ión que ha puesto sobre la mesa la abogacía del Estado”, favorable a la postura oficial de Hacienda de restringir este tipo de beneficios fiscales, expone Cruz.

Demanda profesiona­l

Otra de las exigencias del sector es que se mantenga el carácter vinculante de los informes motivados y la certificac­ión obtenida por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Sólo así se conseguirá ir corrigiend­o de forma progresiva la “posición de desventaja” que sufre el sistema de ciencia, tecnología e innovación de España en relación a otros países de Europa.

Por ejemplo, en Francia, los incentivos a la innovación están mucho más extendidos. En total, se presupuest­aron 6.000 millones de euros en bonificaci­ones, frente a los 662 millones que se incluyeron en los Presupuest­os Generales del Estado (PGE) de 2021. Finalmente, se acabó aplicando una cantidad ligerament­e superior, de 680 millones.

El sector exige una reforma legislativ­a para dejar claro que la innovación incluye software

 ?? ?? El software copa más de un tercio de los informes motivados que certifican la actividad innovadora.
El software copa más de un tercio de los informes motivados que certifican la actividad innovadora.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain