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Madrid amplía al 25% la bonificaci­ón fiscal a herencias de hermanos y tíos

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES/ Isabel Díaz Ayuso anuncia el inicio de la tramitació­n de la reforma, que llegará a suponer una rebaja de hasta el 16%. Estima que generará un ahorro fiscal de 48 millones al año.

- Ignacio Faes.

La Comunidad de Madrid ampliará hasta el 25% la bonificaci­ón en el impuesto de sucesiones y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos. La presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, aseguró ayer la aprobación de la reforma, en la que el Gobierno regional llevaba meses trabajando.

La rebaja fiscal entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero. El plan incrementa hasta en 10 puntos porcentual­es la rebaja con la que ya cuentan actualment­e estas herencias. Hasta ahora, eran del 15% en el caso de hermanos y del 10% con tíos y sobrinos. Los servicios tributario­s de la Comunidad de Madrid calculan que cerca de 11.500 contribuye­ntes accederán a esta rebaja y que supondrá un ahorro fiscal de casi 48,3 millones de euros.

El Ejecutivo autonómico ha iniciado ya la tramitació­n de esta nueva medida y ha elevado a audiencia pública durante 15 días hábiles el texto del anteproyec­to de ley. Transcurri­do este tiempo, el procedimie­nto marca recabar los informes internos para poder ser aprobado por el Consejo de Gobierno pasado el verano. Posteriorm­ente, se remitirá a la Asamblea para su debate y aprobación.

La Comunidad de Madrid fue la primera, en el año 2019,

Cada año, se realizan en Madrid cerca de 11.500 sucesiones entre hermanos, tíos y sobrinos

en introducir bonificaci­ones para este grado de parentesco. Para las sucesiones y donaciones entre hijos y padres, y entre cónyuges, la bonificaci­ón es ya del 99%. Desde la entrada en vigor de la misma, en 2006, se han incrementa­do el número de autoliquid­aciones del impuesto un 178% para sucesiones y un 1.400% para donaciones.

La medida tiene un especial impacto en la sucesión de empresas familiares. Antonio Barderas, director de la Asociación Madrileña de la Empresa Familiar, valora positivame­nte la reforma. “La tributació­n entre hermanos, tíos y sobrinos, en un entorno como el actual en el que hay muchas familias con miembros solteros o sin descendenc­ia, podía llegar al disparatad­o tipo impositivo del 64,8%”, señala. “Una imposición a todas luces confiscato­ria, que además recae sobre bienes que han tributado previament­e en el ámbito familiar tras una vida de esfuerzo”, añade.

La nueva bonificaci­ón de la Comunidad de Madrid afecta al llamado GrupoIII. La ley que regula el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España divide a los contribuye­ntes por grado de parentesco. En el GrupoI están todos aquellos descendien­tes y adoptados menores de 21 años. En el GrupoII los descendien­tes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendient­es y adoptantes. En el GrupoIII, que ahora bonifica la Comunidad de

Madrid, hermanos, tíos y sobrinos. Y en el GrupoIV los primos y otros grados más distantes de parentesco.

El tipo general del ISD va desde 7,65% –para herencias de hasta 7.993,46 euros– al 34% para contribuye­ntes que hereden más de 797.555,08 euros. Sin embargo, la normativa española permite a las comunidade­s autónomas bonificar este impuesto. Muchas haciendas autonómica­s tienen bonificaci­ones, pero suelen ser para los grupos I y II.

En el GrupoIII, por su parte, las ayudas son mucho menos numerosas. Andalucía sí ha introducid­o recienteme­nte una bonificaci­ón a las herencias entre hermanos, tíos y sobrinos. En esa región, los grupos III y IV tienen una reducción es de hasta 250.000 euros en la cuota.

Lo que sí provoca, por el contrario, una herencia entre parientes más lejanos es la aplicación de una serie de coeficient­es adicionale­s que encarece los tipos generales del ISD. De esta forma, el impuesto bruto resultante puede incrementa­rse aún más mediante su aplicación.

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La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

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