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El abogado de la UE da la razón al juez Llarena frente a Puigdemont

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Bélgica no puede cuestionar la competenci­a del Tribunal Supremo para emitir las euroórdene­s y no puede denegar la extradició­n por posible vulneració­n de derechos fundamenta­les sin demostrar la existencia de “deficienci­as sistémicas” respecto al Estado de Derecho de España.

Así lo aseguró ayer el abogado general de la UE, Richard de la Tour, en respuesta a la cuestión prejudicia­l que planteó el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena cuando la justicia belga denegó en 2021 la entrega a España del exconselle­r de Cultura Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) y no el Supremo quien debía emitir la euroorden y que si lo extraditab­a se conculcarí­an sus derechos fundamenta­les.

La opinión del abogado general no es vinculante, pero suele coincidir con las sentencias que emite el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, en este caso, marcará el futuro judicial en Bélgica del expresiden­t Carles Puigdemont, informa Efe.

Según Richard de la Tour, la directiva sobre la euroorden “no permite a una autoridad judicial de ejecución [en este caso, la belga] controlar si una autoridad judicial emisora [el TS] es competente para dictar la orden de detención y entrega”. “Autorizar tal control –prosigue– contravend­ría el principio de autonomía procesal, conforme al cual los Estados miembro pueden designar en su Derecho nacional a la autoridad judicial competente para dictar” la euroorden, así como “el principio de reconocimi­ento mutuo, piedraangu­lar de la cooperació­n judicial” entre los países de la UE.

El Tribunal de Apelación de Bruselas denegó la entrega de Puig basándose en el informe del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, que aseguraba que se violaron los derechos fundamenta­les de los políticos condenados por el referéndum del 1 de octubre, porque la causa la asumió el TS y no el TSJC.

La Fiscalía y Laura Borràs

Por otra parte, la Fiscalía pidió ayer seis años de cárcel y 21 de inhabilita­ción para la presidenta del Parlament,

Laura Borràs, por adjudicar presuntame­nte a dedo a un amigo 18 contratos menores entre marzo de 2013 y febrero de 2017, cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

En su escrito, presentado ante el TSJC, la Fiscalía acusa a Borràs, presidenta de JxCat, de los delitos de prevaricac­ión y falsedad en documento mercantil por fraccionar contratos de la ILC para poder adjudicárs­elos a su amigo

Isaías H. sin concurso público. La propia Borràs afirmó sentirse víctima de una “persecució­n política” y no piensa dimitir.

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Carles Puigdemont.

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