El abogado de la UE da la razón al juez Llarena frente a Puigdemont
Bélgica no puede cuestionar la competencia del Tribunal Supremo para emitir las euroórdenes y no puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales sin demostrar la existencia de “deficiencias sistémicas” respecto al Estado de Derecho de España.
Así lo aseguró ayer el abogado general de la UE, Richard de la Tour, en respuesta a la cuestión prejudicial que planteó el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena cuando la justicia belga denegó en 2021 la entrega a España del exconseller de Cultura Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) y no el Supremo quien debía emitir la euroorden y que si lo extraditaba se conculcarían sus derechos fundamentales.
La opinión del abogado general no es vinculante, pero suele coincidir con las sentencias que emite el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, en este caso, marcará el futuro judicial en Bélgica del expresident Carles Puigdemont, informa Efe.
Según Richard de la Tour, la directiva sobre la euroorden “no permite a una autoridad judicial de ejecución [en este caso, la belga] controlar si una autoridad judicial emisora [el TS] es competente para dictar la orden de detención y entrega”. “Autorizar tal control –prosigue– contravendría el principio de autonomía procesal, conforme al cual los Estados miembro pueden designar en su Derecho nacional a la autoridad judicial competente para dictar” la euroorden, así como “el principio de reconocimiento mutuo, piedraangular de la cooperación judicial” entre los países de la UE.
El Tribunal de Apelación de Bruselas denegó la entrega de Puig basándose en el informe del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, que aseguraba que se violaron los derechos fundamentales de los políticos condenados por el referéndum del 1 de octubre, porque la causa la asumió el TS y no el TSJC.
La Fiscalía y Laura Borràs
Por otra parte, la Fiscalía pidió ayer seis años de cárcel y 21 de inhabilitación para la presidenta del Parlament,
Laura Borràs, por adjudicar presuntamente a dedo a un amigo 18 contratos menores entre marzo de 2013 y febrero de 2017, cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).
En su escrito, presentado ante el TSJC, la Fiscalía acusa a Borràs, presidenta de JxCat, de los delitos de prevaricación y falsedad en documento mercantil por fraccionar contratos de la ILC para poder adjudicárselos a su amigo
Isaías H. sin concurso público. La propia Borràs afirmó sentirse víctima de una “persecución política” y no piensa dimitir.