Ejemplaridad pública: esta es la solución
Hace unas semanas se anunció un impuesto especial a la banca y a las empresas energéticas. Poco hay que añadir a lo que en estas mismas páginas se ha escrito al respecto (“Gravar lo caído del cielo”. Expansión 19/7/22). Pero déjenme intentarlo.
Uno de los principios que el art. 31 de la Constitución (CE) proclama, es el de “generalidad”, esto es, que “todos” han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.
A pesar de la excepcionalidad con la que se pretende vestir los nuevos impuestos, es obvio que el hecho de que exista un gravamen con “nombre y apellidos” choca frontalmente con el contenido de dicho principio. ¿Por qué estos contribuyentes y no otros?
Si lo que se pretende es que quien más gana haga un “esfuerzo” adicional, parece que lo lógico sería introducir progresividad en los niveles más altos del Impuesto sobre Sociedades. No deja de sorprender que el tipo del 25 % (30 % en el caso de entidades de crédito) se aplique por igual con independencia de cuál sea el importe de los beneficios. Se dirá, y es cierto, que la tributación por sociedades se complementa con la que el socio ha de afrontar al repartirse los dividendos, tributación que, salvo determinados supuestos, es tan solo efectiva si los socios son personas físicas.
No obstante, dicha tributación se evita, en muchas ocasiones, remansándose en la sociedad la totalidad de los beneficios.
Pero este es otro debate. Sigamos con el que ahora nos ocupa.
El mismo art. 31 de la CE, proclama el principio de igualdad, que significa que hay que tratar igual supuestos iguales, esto es, que la tributación ha de ser igual para idénticos niveles de renta, y que hay que tratar de forma desigual, supuestos que no son iguales.
El principio de generalidad y el de igualdad constituyen, pues, dos importantes obstáculos que habrá que soslayar si no se quiere incurrir en un supuesto de presunta inconstitucionalidad.
No hay que olvidar tampoco el principio de capacidad económica, esto es, el de gravar la “riqueza” allí donde esta exista. En este sentido, se plantean dos nuevos problemas. El primero, gravar excepcionalmente lo que ya está gravado, y, segundo, determinar cuál es su magnitud, esto es, la base imponible, o, si se prefiere, la cuantía concreta de los beneficios “caídos del cielo”. Tras muchos años de experiencia académica y profesional, me declaro incompetente para solucionar este último “sudoku”.
A lo anterior hay que añadir la pretensión de prohibir la traslación del impuesto a los consumidores, prohibición que evidencia un gran desconocimiento de la realidad. Los impuestos son un coste para las empresas; coste que se traslada a los precios, siempre, claro está, que el mercado lo permita. Si las empresas “afectadas” deciden incrementar los precios de todos o algunos de sus servicios, ¿en qué medida se debe a los nuevos impuestos u a otra circunstancia? Dejarlo al albur de la AEAT, es abrir la puerta a un seguro y largo conflicto. Me parece, sin más, una propuesta populista de muy difícil encaje jurídico.
Por su parte, es evidente que con el anuncio de estos nuevos impuestos se traslada al ciudadano un mensaje de verdadera “Cruzada” contra los que parecen ser los enemigos del sistema. De esta forma, se trasmite el nocivo mensaje típico de Robin Hood, que, recordémoslo, era aquel arquero que vivía fuera de la ley, escondido en los bosques, defensor de los pobres y oprimidos, que luchaba contra quienes utilizaban la fuerza pública para acaparar ilegítimamente las riquezas de los nobles que se oponían al príncipe. En definitiva, se sustituye el mensaje de “solidaridad” que está implícito en los impuestos, por otro propio de la lucha de clases.
Pero, además, y mucho más grave, es que las medidas anunciadas renuncian a la necesaria ejemplaridad que hay que exigir a la contraparte, esto es, al Estado y a todas las Administraciones Públicas. Ejemplaridad es reducir el gasto público sin menoscabo del Estado del Bienestar. Es reducirlo mejorando la eficiencia y la eficacia que, siendo una obligación constitucional, se incumple sistemáticamente. Es eliminar el gasto político o clientelar; el gasto superfluo; las duplicidades. Es suprimir exenciones, reducciones, y similares que lastran la recaudación. Es dotar de medios reales para la lucha contra el verdadero fraude fiscal. Es buscar una solución a los miles de millones pendientes de recaudar por conflictos con la Administración. Es incidir en políticas selectivas de gasto, y no en políticas populistas. Es afrontar la reforma de las AAPP, y un muy largo etcétera.
En definitiva, se trata de aumentar la recaudación fruto de la ejemplaridad pública y de la creación de riqueza, y no del castigo. Esta es la verdadera solución.
Profesor UPF y Socio Director DS
Con el anuncio de estos nuevos impuestos se traslada al ciudadano un mensaje de ‘cruzada’
El Gobierno crea impuestos, pero no da ejemplo de recortar el gasto público