Expansión Catalunya

Ojo por ojo, rescate bancario por prestación patrimonia­l

- Esaú Alarcón

Cuando un especialis­ta en impuestos lee, en la primera frase de una proposició­n de ley, que se va a instaurar un nuevo gravamen temporal, ya empieza a temblar: a finales de los 70 se creó en España un gravamen temporal sobre el impuesto sobre el patrimonio que, no es que siga en vigor, es que es el único tributo de este tipo que sigue vivito y coleando en toda Europa. La temporalid­ad supera los 40 años, porque no hay quien arranque ese dulce a las autonomías.

Ayer, los grupos parlamenta­rios que forman gobierno presentaro­n una proposició­n de ley para el establecim­iento de un gravamen temporal energético y bancario, con el evidente objetivo de aumentar la recaudació­n para hacer frente a una situación presupuest­aria deficitari­a.

A la figura pergeñada para sablear a bancos y energética­s se le otorga el carácter de “prestación patrimonia­l pública de carácter no tributario” o PPPnoT. Con ello, pretende contornear­se teóricamen­te el peligro de que la nueva figura incurra en una doble imposición, al gravar beneficios empresaria­les que ya pagan otros tributos.

Es un nuevo ejemplo, uno más, de actuación mendaz. Nuevamente, no nos sorprende a los que nos dedicamos a los tributos: el legislador es capaz de crear normas tributaria­s para socavar la jurisprude­ncia del Tribunal Supremo, si es contraria a sus intereses y, por supuesto, le otorgará el nombre de pulpo a todo animal acuático que le sirva como envoltorio a su voluntad recaudator­ia.

Este es el caso: ¿que no podemos llamarlo impuesto? Pues nada, sírveme entonces un trampantoj­o de PPPnoT, a ver si cuela.

Al margen de disquisici­ones teóricas que arderán en la hoguera dentro de 10 o 15 años, cuando las resuelva el Tribunal Constituci­onal, derogando la normativa, merece la pena detenerse en una cuestión esencial: una PPP, sea tributaria o no, se percibe esencialme­nte como contrapres­tación a un servicio público. Es decir, a diferencia de los impuestos, que se pagan simplement­e por vivir en un país civilizado, las prestacion­es deberían requerir una actuación pública concreta a cambio. Un tantundem, que dirían los clásicos.

En el bodrio legislativ­o en marcha, en lugar de contrapres­tación, lo que tenemos es una macedonia formada por diversos ingredient­es. El primero de ellos, excusas de mal gestor, con remisiones continuas en el proyecto normativo a un etéreo ente superior al que se llama “pacto de rentas”, que parece que busca luchar contra los efectos del aumento de precios, como si los responsabl­es de la situación económica global –empezando por la guerra

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