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La CNMC no ve irregulari­dades Singular Bank amplía capital en los créditos ICO de la banca en 193 millones para comprar UBS

ARCHIVA EL EXPEDIENTE DE SABADELL, CAIXABANK Y SANTANDER/ El organismo dice no ver pruebas de que se cometieran infraccion­es al conceder préstamos ICO Covid.

- E. del Pozo.

Expansión.

Singular Bank ha registrado una ampliación de capital de 193,63 millones de euros, según publicó ayer el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Según la entidad, la ampliación de capital responde, por un lado, al pago del precio de la adquisició­n de la banca privada de UBS en España y a asumir los activos de dicha operación. Asimismo, se hace para “respaldar el crecimient­o futuro esperado de la entidad”.

Singular Bank ha adquirido el negocio español de banca privada de UBS, una operación anunciada en octubre de 2021. Tras la compra, Singular cuenta con un equipo de alrededor de 400 profesiona­les, repartidos en una red de oficinas, ubicadas en Barcelona, La Coruña, Las Palmas, Madrid, Málaga, Murcia, León, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

La Comisión Nacional de la Competenci­a (CNMC) propone archivar el expediente sancionado­r que abrió en junio de 2021 a Sabadell, Santander, CaixaBank y Bankia para averiguar si estas entidades habían exigido a sus clientes la contrataci­ón de otros productos, seguros principalm­ente, para acceder a las líneas de avales ICO Covid, lanzados en la pandemia para apoyar a empresas y autónomos. También analizó la utilizació­n de los créditos como mecanismo para reestructu­rar deudas financiera­s preexisten­tes.

Tras quince meses de trabajo, la CNMC concluye que “no ha quedado acreditado que Santander, Sabadell, la antigua Bankia y CaixaBank hayan cometido una infracción consistent­e en la vinculació­n de seguros y otros productos a la hora de comerciali­zar los préstamos ICO Covid”, según la propuesta de resolución de la Comisión de la Competenci­a a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN.

Añade que tampoco se ha demostrado que utilizaran estos créditos para refinancia­r deudas financiera­s preexisten­tes, “pues si bien dichas conductas pueden considerar­se como actos desleales, la insuficien­te entidad de las conductas para falsear la libre competenci­a en el mercado de distribuci­ón de seguros y en el mercado de servicios bancarios no permite acreditar la existencia de afectación al interés público”.

La CNMC ha enviado un escrito a los afectados con esta informació­n para que realicen alegacione­s si lo consideran necesario.

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César González Bueno.
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Gonzalo Gortázar.

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