GUÍA PRÁCTICA PARA LOS CONTRIBUYENTES
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Por el lado de las bajadas de impuestos, el Gobierno aplicará cambios en el IRPF a través de los Presupuestos del próximo año. Por un lado, elevará el mínimo exento de declaración de los 14.000 euros al año actuales a 15.000 euros, y, por otro, aumentará la reducción aplicable a las rentas del trabajo inferiores a 21.000 euros anuales, frente a los 18.000 euros actuales. El objetivo de estas medidas es, de forma conjunta con el aumento de la tributación a los rendimientos de las rentas del capital superiores a 200.000 euros, reducir la brecha entre la tributación de ambos tipos de rentas y reducir en dicha ecuación el peso de las rentas del trabajo.
Según Hacienda, esta rebaja de IRPF beneficiará al 50% de los trabajadores, ya que 21.000 euros es el salario mediano en España, y espera que suponga un ahorro de 1.881 millones de euros.
La elevación del mínimo de tributación para un contribuyente soltero y sin hijos de 14.000 euros brutos a 15.000 euros anuales hará que un trabajador que gana el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 14.000 euros, no tributará por IRPF cuando el Gobierno aumente el SMI en 2023, y también supone que un trabajador que actualmente gana 14.500 euros brutos y tributa por IRPF dejará de pagar el impuesto. Para el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaración conjunta, el mínimo de tributación aumenta de 18.000 euros brutos al año a 19.000 euros por el incremento de la reducción de los rendimientos del trabajo.
No. Pese a que el funcionamiento por tramos hace que normalmente las medidas aplicadas en un tramo del IRPF beneficie a todos los contribuyentes que se encuentran por encima del mismo, en esta ocasión la medida no afecta a los tramos ni a los tipos, sino que fija el umbral, en 21.000 euros, por debajo del cual se puede aplicar la reducción. Por tanto, quien gane 21.001 euros o más no se beneficiará de la reducción. Asimismo, la elevación del mínimo exento de los 14.000 a los 15.000 euros no significa que dicha cantidad esté exenta de tributación para todos los contribuyentes, sino que quienes ganen menos de 15.000 euros no están obligados a presentar la declaración.
La propia ministra de Hacienda ha recalcado que las nuevas medidas no afectan a los tramos y tipos, ya que el Gobierno no quiere rebajar los impuestos de forma generalizada a todas las rentas, sino solo a las más bajas, marcando distancia con la deflactación aplicada por el PP en la mayoría de comunidades en las que gobierna, que sí supone un ahorro para todos los contribuyentes, incluidos los de mayor renta.
La Agencia Tributaria indica que se considerarán rendimientos íntegros del trabajo “todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas”.
Así, se incluyen dentro de esta consideración sueldos y salarios; prestaciones por desempleo; remuneraciones por gastos de representación; dietas y asignaciones para gastos de viaje; las contribuciones o aportaciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones; prestaciones de Seguridad Social, así como las de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares; las prestaciones percibidas por los beneficiarios de mutualidades generales obligatorias de funcionarios, colegios de huérfanos y otras entidades similares; las prestaciones percibidas por los beneficiarios de planes de pensiones; las percibidas por los beneficiarios de contratos de seguros concertados con mutualidades de previsión social; planes de Previsión Social empresarial y seguros colectivos de trabajadores; las becas no exentas, entre otras.
Sí, pero con un límite. Hasta ahora la reducción se podía aplicar únicamente a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros. Ahora esos 16.825 euros netos, con el aumento de 18.000 euros brutos a 21.000 euros, pasarán a suponer también una cuantía neta superior, y Hacienda debe establecer la cantidad límite que permite sumar en rendimiento de rentas de capital mobiliario, inmuebles o actividades económicas para poder beneficiarse de la reducción.
La cuantía de la reducción con el nuevo cambio debe ser aún concretada y probablemente no se conocerá hasta que se presente el proyecto de Presupuestos en el Congreso de los Diputados, aunque será mayor que la aplicada hasta ahora. Como referencia, cabe señalar que hasta ahora la reducción era de 5.655 euros para los contribuyentes iguales o inferiores a 13.115 euros netos, mientras que, para calcularla para aquellos contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre los 13.115 euros y los 16.825 euros, se restaba a 5.565 euros el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 13.115 euros anuales.
Depende de los ingresos. El Ministerio de Hacienda ha difundido varios ejemplos orientativos. Un trabajador sin descendientes que gana 18.000 euros se ahorarrá 746 euros al año y tributará un 40% menos que antes de aplicarse esta medida. En segundo lugar, un trabajador casado que cuente con dos descendientes y con un sueldo de 19.000 euros, al hacer declaración conjunta dejaría de pagar IRPF y se ahorrará 331 euros. Otro ejemplo indica que un pensionista mayor de 65 años con una pensión de 16.500 euros ahorrará 689 euros, un 47%. Por último, un trabajador de un hogar monoparental con dos descendientes y un sueldo de 18.500 euros se beneficiará de un ahorro de 516 euros al hacer su declaración de IRPF.
No. Al igual que el resto del paquete fiscal presentado ayer por la ministra, la medida entrará en vigor en 2023, siempre y cuando el proyecto de Presupuestos sea aprobado en el Congreso de los Diputados y el Senado. De esta forma, como el IRPF se declara a través de la declaración de la renta ya con el ejercicio cerrado, estos cambios aún no afectarán a la Renta de 2022 que habrá que presentar en 2023, sino que se verán reflejados en la declaración de 2023, a presentar en 2024.
Más allá de presentar la declaración de la renta, no será necesario realizar ninguna operación concreta para acceder a la reducción, ya que será calculada y aplicada automáticamente por la Agencia Tributaria por el programa de elaboración del borrador de la declaración.
En resumen, la reforma de Ministerio de Hacienda establece una reducción adicional de 5 puntos en el rendimiento neto de los módulos. Además, la reforma elevará del 5% al 7% la reducción para gastos deducibles de difícil justificación.
¿Los autónomos se aplican cinco puntos porcentuales más en el IRPF por el rendimiento neto de módulos. Además, los que tributan por estimación directa simplificada aplican actualmente una reducción automática del 5% del rendimiento neto con un importe