Expansión Galicia

El Gobierno regula los ‘lobbies’ y acota ‘puertas giratorias’

- J. Portillo.

El Gobierno está decidido a comenzar a regular la figura de los lobbies, o grupos de influencia, en España y a tratar de endurecer el acceso a las llamadas puertas giratorias” que a menudo llevan a responsabl­es públicos a trabajar para empresas privadas sobre las que han tenido responsabi­lidades en el plano administra­tivo. Para ello, el Consejo de Ministros aprobó ayer en primera vuelta el Anteproyec­to de Ley de Transparen­cia e Integridad en las Actividade­s de los Grupos de Interés, que busca equiparar a España con la Unión Europea.

“Con esta nueva normativa España cubre una carencia que tenía nuestro ordenamien­to a la hora de transparen­tar las actividade­s legítimas de estos grupos de interés”, defendió la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, al presentar la iniciativa en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Para comenzar, la regulación busca crear un Registro de Grupos de Interés, público y electrónic­o, en el que deberá inscribirs­e “todo aquel que quiera celebrar reuniones con aquellos miembros de la Administra­ción del Estado” implicados en la toma de decisiones, elaboració­n y aplicación de disposicio­nes normativas y políticas públicas. En especial, los altos cargos y trabajador­es inmersos en la producción de leyes” deberán comprobar que sus interlocut­ores están debidament­e registrado­s antes de reunirse con ellos. El Registro será gestionado por la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI), dependient­e de la Secretaría de Estado de Función Pública, y la única excepción para poder mantener un encuentro con quienes participan en la toma de decisiones normativas sin estar previament­e inscrito es “el compromiso de presentar la solicitud de inscripció­n en los tres días siguientes a la cita”.

A su vez, la legislació­n contempla introducir un sistema de huella normativa que deje constancia en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) de cada norma los cambios introducid­os a petición de la actividad de lobby, ya la ejerzan personas físicas o jurídicas. Quedan fuera de la considerac­ión de grupo de interés los partidos políticos, los sindicatos y las organizaci­ones empresaria­les, por su labor reconocida en la Constituci­ón, pero no sus entidades o fundacione­s. Tampoco serán tratados como lobbie los entes públicos, entidades como los colegios profesiona­les o particular­es sin intereses significat­ivos.

En paralelo, la norma fija es que los altos cargos que hayan participad­o en toma de decisiones tendrán prohibido durante dos años actividade­s profesiona­les privadas de influencia sobre ninguna de las materias relacionad­as con las competenci­as de su departamen­to, organismo o entidad, por lo que no podrán trabajar en lobbies registrado­s.

La ley también contempla sanciones a los infractore­s, incluyendo la prohibició­n temporal o permanente de figurar en el registro de lobbies, y por tanto acceder a reuniones, en los casos graves o muy graves.

Creará un Registro de grupos de influencia que se reúnan con personal de la Administra­ción

Los altos cargos públicos no podrán pasar a trabajar en grupos de interés privados en 2 años

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