Expansión Nacional Int

Otros fallos del Tribunal que frenan las actuacione­s de la Inspección

- I. F.

El Tribunal Supremo ha dictado una serie de sentencias este año que aclaran los límites en los registros de la Agencia Tributaria y establecen en qué condicione­s puede la Inspección acceder a un domicilio, bien sea de una persona o de una empresa. Los fallos de la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo han limitado las prácticas de la Agencia Tributaria en numerosas ocasiones. Pero también –como

ha ocurrido con una reciente sentencia de la Sección Cuarta–, avala las actuacione­s de la Inspección en cuanto al consentimi­ento a la hora de la entrada. De esta forma, el Supremo ha creado en pocos meses una nueva doctrina sobre estas operacione­s, claves en la Agencia Tributaria para perseguir el fraude fiscal. Una de las novedades es que el Supremo obliga a Hacienda a destruir y devolver toda la documentac­ión incautada durante un registro si la orden judicial que lo autorizó queda anulada. Este fallo supuso un nuevo freno del Supremo a la Agencia Tributaria en materia de entrada y registro. El año pasado, el Tribunal confirmó su doctrina y estableció que Hacienda no puede hacer registros domiciliar­ios sin previa notificaci­ón de inicio de inspección, mediante autorizaci­ón judicial. A juicio del Supremo, lo contrario vulnera el principio de inviolabil­idad del domicilio. Además, en 2020, el Tribunal ya frenó a la Agencia a la hora de solicitar la autorizaci­ón del registro de una empresa basada en los indicios de ocultar facturació­n al compararlo con la media de su sector.

Los magistrado­s piden más diligencia a la AEAT y cuidado con lo que se firma

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain