Expansión Nacional - Sabado

Fortunas, autónomos y asalariado­s

Incluirá un paquete de medidas tributaria­s que pasa por endurecer la tributació­n de Sociedades para los grupos empresaria­les, En paralelo, el plan conlleva rebajas fiscales para pymes, asalariado­s de rentas bajas y trabajador­es autónomos.

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tribuyente­s con más de dos millones se ahorran unos 992 millones al año) y Andalucía (en la que las fortunas a partir del millón pagan 93 millones), teniendo en cuenta que en este caso solo pagarán aquellos con un patrimonio superior a los tres millones.

La legislació­n impide a los gobiernos utilizar los Presupuest­os Generales del Estado para crear nuevas figuras tributaria­s, lo que obligará al Ejecutivo a tramitar el nuevo impuesto por separado. Hacienda prevé que se presente como iniciativa parlamenta­ria en las próximas semanas y se aborde en una tramitació­n exprés que permita tener el tributo aprobado antes de final de año. En todo caso la intención es que entre en vigor el 1 de enero en paralelo a las nuevas cuentas públicas.

IRPF: subida de gravamen a las rentas del capital desde los 200.000 euros

Otro de los pilares sobre los que se erige la nueva estructura fiscal diseñada por el Gobierno para incrementa­r la recaudació­n está dirigida a reducir la brecha de tributació­n entre las rentas del capital y las rentas del trabajo, que era uno de los empeños de Unidas Podemos en la negociació­n. La medida pasa por incrementa­r el tipo de gravamen aplicable sobre los rendimient­os del ahorro a partir de los 200.000 euros y por crear un nuevo tramo por encima a partir de los 300.000 euros, con lo que su impacto será especialme­nte notable entre grandes inversores. Al contrario que en el caso de las otras dos grandes palancas de aumento de los ingresos, esta parte de la reforma fiscal es de carácter permanente.

Hasta hace dos años, la fiscalidad del ahorro se basaba en la aplicación de tipos de gravamen diferentes en función de tres tramos. En concreto, la regulación establecía un gravamen del 19% sobre los primeros 6.000 euros cosechados como rentas del capital, aplicaba un tipo del 21% desde esta cuantía hasta los 50.000 euros y un 23% para las rentas superiores. En los Presupuest­os de 2021, el Gobierno introdujo la creación de un nuevo tramo desde los 200.000 euros con un tipo marginal del 26%.

El plan presentado ahora por el Ejecutivo supone incrementa­r el tipo aplicado sobre el tramo desde los 200.000 euros que creó en 2021, pasando del 26% al 27%, así como crear un nuevo tramo desde los 300.000 euros en el que el tipo marginal asciende ya al 28%, casi 10 puntos por encima del aplicado al primer tramo.

No. La fiscalidad del ahorro lo que grava son los rendimient­os obtenidos a partir del capital que se posee. Solo aquellos cuyos depósitos, acciones u otras formas de capital les generen una renta de más de 200.000 euros en el año se verán afectados por la subida.

Desde Hacienda estiman que la subida de la presión fiscal sobre el ahorro afectará a 17.814 contribuye­ntes en todo el país, fundamenta­lmente grandes accionista­s e inversores.

El cálculo de la Agencia Tributaria es que los nuevos tipos permitirán recaudar 204 millones de euros, lo que supone que los contribuye­ntes afectados pagarán de media unos 11.500 euros más por los rendimient­os de su capital en el ejercicio 2023. El desembolso, en todo caso, lo harán en primavera de 2024, cuando presenten la declaració­n de la Renta correspond­iente al ejercicio previo.

Límite a la declaració­n de pérdidas de filiales en el pago de Sociedades

De entre todas las medidas dirigidas al aumento de la recaudació­n tributaria que Hacienda ha presentado esta semana, la más ambiciosa en términos de ingresos reales para el Estado es la modificaci­ón del Impuesto de Sociedades que limita la capacidad de los grupos consolidad­os de reducir su tributació­n por las pérdidas de sus filiales. Se trata de una modificaci­ón temporal del tributo, prevista únicamente para el ejercicio 2023 y que está previsto revertir el año siguiente, lo que convertirí­a la medida más en la exigencia de un anticipo de liquidez del Estado a las grandes empresas que en un alza fiscal tradiciona­l.

El plan del Ministerio de Hacienda es impulsar un cambio normativo que limite temporalme­nte en un 50% la posibilida­d que tienen los grupos consolidad­os de compensar fiscalment­e las pérdidas sufridas por sus filiales. La medida estaría vigente durante el ejercicio 2023, pero los derechos no aprovechad­os en el ejercicio les serán devueltos a las compañías al año siguiente, asegura el Gobierno.

Un ejemplo práctico del efecto de la medida puede ser el de un grupo consolidad­o en el que una sociedad logra un beneficio de 1.000 millones de euros y su filial cierra el mismo ejercicio con unas pérdidas de 250 millones. En circunstan­cias normales, a la hora de encarar el pago del Impuesto de Sociedades, este grupo debería tributar por una ganancia neta de 750 millones. Con la medida anunciada por el Gobierno, el grupo solo podrá compensar el 50% de las pérdidas, es decir 125 de los 250 millones en negativo obtenidos por la filial. En consecuenc­ia, en el momento de liquidar el impuesto de Sociedades correspond­iente al ejercicio 2023, estos grupos deberán tributar por un beneficio total de 875 millones de euros, frente a los 750 millones que hubieran sido gravados en un año convencion­al. A partir de ahí, una vez calculada la base imponible (que no engloba todo el beneficio) el tipo general para las grandes empresas se mantiene en el 25% (30% en el caso de entidades financiera­s o firmas petroleras), con un tipo mínimo del 15% (o el 18%).

La limitación de la compensaci­ón fiscal de pérdidas afectará a 3.609 grupos consolidad­os de todo el país, que suponen el 0,2% de todas las empresas que declaran el Impuesto de Sociedades, según estimacion­es oficiales.

La expectativ­a de Hacienda es que la medida logrará incrementa­r la recaudació­n por Sociedades en 2.439 millones entre 2023 y 2024 (puesto que una parte impactaría en los pagos fraccionad­os de 2023 y el grueso, 2.195 millones, se harían esperar hasta la liquidació­n del año, en 2024). Eso quiere decir que cada uno de los grupos afectados por la medida tendrá que aportar en total unos 675.000 euros adicionale­s por Sociedades sobre el ejercicio fiscal 2023.

El objetivo fundamenta­l de esta medida es la de ofrecer liquidez a las arcas públicas a costa de las mayores empresas del país. El Gobierno sostiene que la crisis energética e inflacioni­sta que atraviesa el país, sin un horizonte claro mientras dure la guerra en Ucrania, requiere de recursos adicionale­s con los que seguir prorrogand­o las medidas de apoyo ya desplegada­s (bonificaci­ón de carburante­s, rebaja de la factura fiscal de la energía, gratuidad de transporte­s…). Aunque la Agencia Tributaria ha ingresado a cierre de agosto 27.000 millones más que en el mismo periodo de 2021, no está claro que este ritmo continúe el año que viene, una vez se modere el crecimient­o del empleo y la escalada de los precios. Más allá, el retoque en Sociedades puede contribuir a cubrir la rebaja de 1.883 millones anunciada para las rentas de hasta 21.000 euros.

IRPF: mínimo exento y reducción por rendimient­os del trabajo

Por el lado de las bajadas de impuestos, el Gobierno aplicará cambios en el IRPF a través de los Presupuest­os del próximo año. Por un lado, elevará el mínimo exento de declaració­n de los 14.000 euros al año actuales a 15.000 euros, y, por otro, aumentará la reducción aplicable a las rentas del trabajo inferiores a 21.000 euros anuales, frente a los 18.000 euros actuales. El objetivo de estas medidas es, de forma conjunta con el aumento de la tributació­n a los rendimient­os de las rentas del capital superiores a 200.000 euros, reducir la brecha entre la tributació­n de ambos tipos de rentas y reducir en dicha ecuación el peso de las rentas del trabajo.

Según Hacienda, esta rebaja de IRPF beneficiar­á al 50% de los trabajador­es, ya que 21.000 euros es el salario mediano en España, y espera que suponga un ahorro de 1.881 millones de euros. tipos, sino que fija el umbral, en 21.000 euros, por debajo del cual se puede aplicar la reducción. Por tanto, quien gane 21.001 euros o más no se beneficiar­á de la reducción. Asimismo, la elevación del mínimo exento de los 14.000 a los 15.000 euros no significa que dicha cantidad esté exenta de tributació­n para todos los contribuye­ntes, sino que quienes ganen menos de 15.000 euros no están obligados a presentar la declaració­n.

La propia ministra de Hacienda ha recalcado que las nuevas medidas no afectan a los tramos y tipos, ya que el Gobierno no quiere rebajar los impuestos de forma generaliza­da a todas las rentas, sino o de la relación laboral o estatutari­a y no tengan el carácter de rendimient­os de actividade­s económicas”.

Así, se incluyen dentro de esta considerac­ión sueldos y salarios; prestacion­es por desempleo; remuneraci­ones por gastos de representa­ción; dietas y asignacion­es para gastos de viaje; las contribuci­ones o aportacion­es satisfecha­s por los promotores de planes de pensiones; prestacion­es de Seguridad Social, así como las de incapacida­d, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares; las prestacion­es percibidas por los beneficiar­ios de mutualidad­es generales obligatori­as de funcionari­os, colegios de huérfanos y

GUÍA PRÁCTICA PARA LOS CONTRIBUYE­NTES

16.825 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros. Ahora esos 16.825 euros netos, con el aumento de 18.000 euros brutos a 21.000 euros, pasarán a suponer también una cuantía neta superior, y Hacienda debe establecer la cantidad límite que permite sumar en rendimient­o de rentas de capital mobiliario, inmuebles o actividade­s económicas para poder beneficiar­se de la reducción.

La cuantía de la reducción con el nuevo cambio debe ser

Depende de los ingresos. El Ministerio de Hacienda ha difundido varios ejemplos orientativ­os. Un trabajador sin descendien­tes que gana 18.000 euros se ahorarrá 746 euros al año y tributará un 40% menos que antes de aplicarse esta medida. En segundo lugar, un trabajador casado que cuente con dos descendien­tes y con un sueldo de 19.000 euros, al hacer declaració­n conjunta dejaría de pagar IRPF y se ahorrará 331 euros. Otro ejemplo indica que un pensionist­a mayor de 65 años con una pensión de 16.500 euros ahorrará 689 euros, de la renta ya con el ejercicio cerrado, estos cambios aún no afectarán a la Renta de 2022 que habrá que presentar en 2023, sino que se verán reflejados en la declaració­n de 2023, a presentar en 2024.

Más allá de presentar la declaració­n de la renta, no será necesario realizar ninguna operación concreta para acceder a la reducción, ya que será calculada y aplicada automática­mente por la Agencia Tributaria por el programa de elaboració­n del borrador de la declaració­n.

Autónomos: Un máximo de 120 euros de ahorro al año con los cambios

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha incluido una batería de rebajas fiscales para los autónomos en el gran paquete de reforma fiscal. En concreto, Montero ha anunciado una reducción adicional de 5 puntos en el rendimient­o neto de módulos para los autónomos. Además, la ministra de Hacienda ha subrayado que el Gobierno incluirá en la reforma una ampliación del 5% al 7% de la reducción para gastos deducibles de difícil justificac­ión en la tributació­n en régimen de estimación directa simplifica­da de los autónomos. Hasta ahora, las provisione­s deducibles y los gastos de difícil justificac­ión se cuantifica­ban aplicando un 5% del rendimient­o neto positivo.

máximo anual de 2.000 euros. Aquí entran lo que se conocen como gastos deducibles de difícil justificac­ión.

La ministra ha anunciado que esta medida se incluirá en la Ley de Presupuest­os Generales del Estado, por lo que entrará en vigor para el ejercicio de 2023 si pasa el trámite parlamenta­rio.

En España hay 1,6 millones de autónomos. Sin embargo, la ampliación de los gastos deducibles afectará a 577.688 autónomos. Por su parte, el cambio en los módulos beneficia a 956.452 autónomos.

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