Hasta 6 años de cárcel para el empresario con empleo ilegal
El próximo 12 de enero entrará en vigor un aumento del castigo, con entrada en prisión, para los empresarios que trabajen con empleo ilegal o lo mantengan, a pesar de los requerimientos de la autoridad laboral para que regularice la situación.
El Boletín Oficial del Estado publicó ayer, entre otras cosas, la regulación de penas de entre seis meses y seis años, más multa de seis a doce meses, para los empresarios “que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”.
La disposición es un cambio en el artículo 311 del Código Penal, que trata de los delitos contra los derechos de los trabajadores. Y forma parte de la ley orgánica aprobada el jueves definitivamente por el Senado con la que se elimina del Código Penal el delito de sedición y se modifica el de malversación. Con ella el Gobierno quiere beneficiar a los golpistas del independentismo catalán, por los hechos de septiembre y octubre de 2017 en Cataluña. A cambio de que ERC apoye los presupuestos de 2023, como así ha sido.
En todo caso, el agravamiento de las penas en el Código Penal por la contratación ilegal de trabajadores aumenta los medios de la administración para luchar contra los falsos autónomos. Sobre todo, contra las plataformas digitales que intentan eludir la ley con el empleo de trabajadores sin querer sostener una relación laboral regularizada.
Nuevas tecnologías
El preámbulo de la ley dice que “la incorporación de las nuevas tecnologías a la organización del mercado de trabajo ha propiciado una forma de elusión de responsabilidades empresariales”. Y, en su caso, eso lo hace el empresario “mediante el camuflaje jurídico del trabajo por cuenta ajena bajo otras fórmulas que niegan a las personas trabajadoras los derechos individuales y colectivos que a tal condición reconoce, con carácter de indisponibles e irrenunciables, la legislación laboral, con respaldo expreso de la Constitución (...)”. Es decir, con falsos autónomos.