Expansión Nacional - Sabado

El Supremo tumba el límite de tiempo para contratar VTC

- C.Morán. Madrid

El Tribunal Supremo acaba de dar la puntilla a otro de los mecanismos de defensa que varias comunidade­s autónomas como País Vasco, Cataluña y Valencia, entre otras, habían dado al sector del taxi para protegerse de la competenci­a de los vehículos turismo con conductor (VTC).

Según una sentencia a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, la sala tercera de lo Contencios­o-Administra­tivo del Tribunal Supremo considera que “el establecim­iento en la norma autonómica de los límites consistent­es en que los servicios de VTC tengan que ser contratado­s con una antelación mínima de 30 minutos antes de prestarse y la prohibició­n de geolocaliz­ación de los vehículos previa a su contrataci­ón, no se consideran compatible­s con el derecho a la libertad de empresa (artículo 38 de la Constituci­ón Española)”. El alto tribunal añade que este tipo de limitacion­es también van en contra del artículo 5 de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, ya que no “supera el canon de necesidad, adecuación y proporcion­alidad exigido por la ley”.

La doctrina del Supremo pone cada vez más contra las cuerdas al taxi que en los últimos meses se ha movilizado, sobre todo en Madrid, la autonomías que más ha apostado por la liberaliza­ción de este tipo de servicio de movilidad urbana y que eliminó la precontrat­ación.

Ayer, la patronal Fecoval denunció la incongruen­cia de la Generalita­t de Cataluña que ha aprobado un periodo de gracia de 10 días a las VTC para atender a los visitantes MWC en contra del decreto anti-VTC que se dictó en junio del año pasado.

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