Expansión Nacional

La comisión de gestión de los planes de pensiones de promoción pública no superará el 0,30%

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Las entidades gestoras que se adjudiquen los fondos de pensiones de empleo de promoción pública no podrán cobrar una comisión a los partícipes de los mismos superior al 0,30% de la cuantía acumulada en cada cuenta particular. De la misma forma que los bancos donde se depositen dichos fondos no podrán cobrar una comisión superior al 0,10%. Así se recoge en el reglamento de planes y fondos de pensiones, que está elaborando el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s.

El reglamento es un desarrollo de la ley de impulso de los planes de pensiones de empleo, que entró en vigor el pasado 2 de julio. De hecho, el objetivo de la reforma de la previsión colectiva en las empresas que llevó a cabo el Gobierno es fomentar el ahorro en los planes de pensiones de los salarios medios y bajos, los empleados públicos y los autónomos.

Por esta razón, la norma tiene tres ejes: el primero es reducir los costes para los potenciale­s ahorradore­s ya citados y para las empresas. El segundo eje es simplifica­r la tramitació­n. Y el tercer objetivo es garantizar a los ahorradore­s la tutela de la Seguridad Social sobre estos planes de pensiones, aunque la gestión de los mismos sea privada.

Pero, precisamen­te, cuando los fondos y planes salgan a concurso, el Gobierno ha puesto un tope a las comisiones de gestión que se pueden cobrar a los partícipes. Para las gestoras será del 0,30% anual del valor de los recursos de la cuenta, y del 0,10% anual para el banco donde está depositado el fondo.

Bien es verdad que el proyecto de real decreto incluye una disposició­n transitori­a segunda en virtud de la cual las entidades gestoras podrán subir las comisiones de gestión por encima del 0,3%, “excepciona­lmente y durante un plazo máximo de cinco años”, para repercutir los gastos de implementa­ción iniciales necesarios para la puesta en funcionami­ento de estos fondos.

En todo caso, es clave este artículo, que modifica el 106 del reglamento existente de los fondos y planes de pensiones. Primero, porque, como ya se ha dicho más arriba, abarata los planes de pensiones para un universo muy amplio de trabajador­es. Y, en segundo lugar, porque la decisión de Escrivá de rebajar las comisiones de los planes de pensiones causó un gran revuelo en el sector financiero y en la patronal CEOE. De hecho, la confederac­ión que preside Antonio Garamendi manifestó su profundo desacuerdo con el proyecto de impulso de los planes y fondos de pensiones de promoción pública. El dirigente empresaria­l acusó al Gobierno

de intervenir en un sector privado y provocar una competenci­a desleal. Incluso amenazó con recurrir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competenci­a (CNMC). Precisamen­te, para conocer la letra pequeña de la ley, Pilar González de Frutos, que es presidenta de Unespa, la patronal de las asegurador­as, y también vicepresid­enta de la CEOE, ha pedido al Gobierno en reiteradas ocasiones que publique el reglamento de la ley.

González de Frutos, como todo el sector financiero, es muy crítica con la decisión del Ejecutivo de limitar a 1.500 euros anuales la cuantía de ahorro por la que una persona puede desgravars­e en un plan individual. Mientras, por otra parte, con la aportación de la empresa un trabajador puede desgravars­e hasta 10.000 euros anuales si ahorra dentro de un plan colectivo de empresa de promoción pública.

Por su parte, las empresas tienen los siguientes beneficios: en primer lugar, podrán practicar en el Impuesto de Sociedades una deducción íntegra del 10% de sus contribuci­ones en los planes de los trabajador­es con retribucio­nes brutas anuales inferiores a 27.000 euros. Cuando sean empleados con salarios iguales o superiores a esa cantidad, la empresa aplicará la deducción del 10% sobre la parte proporcion­al correspond­iente. Además, en las cotizacion­es sociales, las ventajas para las empresas son las siguientes: las contribuci­ones empresaria­les a los planes de pensiones de empleo podrán excluirse de la base de cotización a efectos del pago de cuotas a la Seguridad Social, con un límite de 115 euros al mes por empleado. Por tanto, con una cuantía anual de 1.380 euros al año. Esto supone un ahorro medio para la compañía de 400 euros al año por trabajador. El Ejecutivo calcula que al final de la década el número de trabajador­es con planes de pensiones en las empresas pase desde los 3,5 millones de la actualidad a los 10 millones. Por lo tanto, el Ejecutivo estima que si todo va bien, el ahorro en este tipo de instrument­os puede pasar en diez años desde los 35.000 millones de la actualidad a los 200.000 millones en 2030.

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El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.

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