El Supremo ve legal cobrar por una ‘revolving’ el 26% TAE
El Alto Tribunal determina que una tarjeta ‘revolving’ solo es abusiva si cobra tipos de interés superiores a la media del mercado: 23%-26% TAE.
El Supremo aclara aún más su posición sobre las tarjetas revolving con un nuevo pronunciamiento, mucho menos restrictivo para la banca que los de 2015 y 2020.
El fallo, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN y referido a tarjetas anteriores a 2010, deja claro que para que una tarjeta sea abusiva debe cobrar tipos muy por encima de mercado en relación a otros productos revolving comercializados en fechas parecidas. En ningún caso deben compararse, por tanto, con los créditos al consumo. La sentencia remarca, además, que lo que hay que mirar es el tipo de interés TAE (tasa anual equivalente), no el TEDR, que no recoge todos los gastos.
En el caso juzgado, una tarjeta de Barclays que tenía una TAE del 20,9% anual, considera que no hay usura porque la media de las tarjetas entre 1999 y 2009 osciló entre el 23% y el 26% TAE.
La sentencia la ha ganado ALTH Loan Services, un despacho especializado en este tipo de reclamaciones. Este bufete considera que el fallo sienta jurisprudencia porque se alinea con otra sentencia emitida en mayo de 2022.
En los juzgados españoles hay miles de reclamaciones de consumidores que denuncian haber sido víctimas de un delito de usura por los elevadísimos tipos de interés cobrados
El crédito ‘revolving’ supone la mitad de la financiación al consumo y crece a un ritmo del 15%
Esta sentencia hace referencia a tarjetas ‘revolving’ contratadas antes de 2010
por algunas tarjetas.
La litigiosidad comenzó en 2015 y creció hace dos años y medio, cuando una sentencia del Supremo calificó como desmedidos créditos que cobraran tipos significativamente superiores al 20%, pero sin dar ningún umbral. El fallo hacía referencia a una tarjeta revolving de WiZink que aplicaba un 27% TAE. A partir de ahí se produjo un alud de reclamaciones en los juzgados contra los bancos. Muchas entidades bajaron los precios al 20% TAE. El Supremo confirmó esta doctrina en mayo de este año y lo hizo definiendo un umbral de precios para las revolving que ahora se concreta un poco más.
Posible giro
Hasta la fecha, La mayoría de los juzgados españoles han estado dando mayoritariamente la razón al cliente. Pero este último fallo puede hacer girar la balanza un poco del lado de la banca. “Esta sentencia, que sienta jurisprudencia, debería marcar la pauta a los juzgados de primera y segunda instancia”, señala el abogado Alberto Traveria, de ALTH Loan Services, que defiende a muchas entidades financieras y fondos de inversión. El crédito revolving concentra la mitad de la financiación al consumo en España y está creciendo este año al 15% ante las dificultades de muchas familias para llegar a fin de mes por culpa de la inflación.
Algunos bancos y financieras de consumo se han visto obligados a realizar fuertes provisiones para cubrir la alta litigiosidad. WiZink lleva dotado 364 millones por este concepto. El colchón extra le hizo entrar temporalmente en pérdidas. Cetelem dotó el año pasado 93,78 millones. La semana pasada entró en vigor una circular del Banco de España que exige una mayor transparencia en la información precontractual para evitar que el suscriptor acabe con una deuda perpetua.