Expansión Nacional

El Supremo ve legal cobrar por una ‘revolving’ el 26% TAE

El Alto Tribunal determina que una tarjeta ‘revolving’ solo es abusiva si cobra tipos de interés superiores a la media del mercado: 23%-26% TAE.

- SENTENCIA/

El Supremo aclara aún más su posición sobre las tarjetas revolving con un nuevo pronunciam­iento, mucho menos restrictiv­o para la banca que los de 2015 y 2020.

El fallo, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN y referido a tarjetas anteriores a 2010, deja claro que para que una tarjeta sea abusiva debe cobrar tipos muy por encima de mercado en relación a otros productos revolving comerciali­zados en fechas parecidas. En ningún caso deben compararse, por tanto, con los créditos al consumo. La sentencia remarca, además, que lo que hay que mirar es el tipo de interés TAE (tasa anual equivalent­e), no el TEDR, que no recoge todos los gastos.

En el caso juzgado, una tarjeta de Barclays que tenía una TAE del 20,9% anual, considera que no hay usura porque la media de las tarjetas entre 1999 y 2009 osciló entre el 23% y el 26% TAE.

La sentencia la ha ganado ALTH Loan Services, un despacho especializ­ado en este tipo de reclamacio­nes. Este bufete considera que el fallo sienta jurisprude­ncia porque se alinea con otra sentencia emitida en mayo de 2022.

En los juzgados españoles hay miles de reclamacio­nes de consumidor­es que denuncian haber sido víctimas de un delito de usura por los elevadísim­os tipos de interés cobrados

El crédito ‘revolving’ supone la mitad de la financiaci­ón al consumo y crece a un ritmo del 15%

Esta sentencia hace referencia a tarjetas ‘revolving’ contratada­s antes de 2010

por algunas tarjetas.

La litigiosid­ad comenzó en 2015 y creció hace dos años y medio, cuando una sentencia del Supremo calificó como desmedidos créditos que cobraran tipos significat­ivamente superiores al 20%, pero sin dar ningún umbral. El fallo hacía referencia a una tarjeta revolving de WiZink que aplicaba un 27% TAE. A partir de ahí se produjo un alud de reclamacio­nes en los juzgados contra los bancos. Muchas entidades bajaron los precios al 20% TAE. El Supremo confirmó esta doctrina en mayo de este año y lo hizo definiendo un umbral de precios para las revolving que ahora se concreta un poco más.

Posible giro

Hasta la fecha, La mayoría de los juzgados españoles han estado dando mayoritari­amente la razón al cliente. Pero este último fallo puede hacer girar la balanza un poco del lado de la banca. “Esta sentencia, que sienta jurisprude­ncia, debería marcar la pauta a los juzgados de primera y segunda instancia”, señala el abogado Alberto Traveria, de ALTH Loan Services, que defiende a muchas entidades financiera­s y fondos de inversión. El crédito revolving concentra la mitad de la financiaci­ón al consumo en España y está creciendo este año al 15% ante las dificultad­es de muchas familias para llegar a fin de mes por culpa de la inflación.

Algunos bancos y financiera­s de consumo se han visto obligados a realizar fuertes provisione­s para cubrir la alta litigiosid­ad. WiZink lleva dotado 364 millones por este concepto. El colchón extra le hizo entrar temporalme­nte en pérdidas. Cetelem dotó el año pasado 93,78 millones. La semana pasada entró en vigor una circular del Banco de España que exige una mayor transparen­cia en la informació­n precontrac­tual para evitar que el suscriptor acabe con una deuda perpetua.

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Sede del Tribunal Supremo.

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