Expansión Nacional

Los no residentes tributarán por la propiedad indirecta de inmuebles

- Nacho P. Santos.

La enmienda registrada ayer por los grupos parlamenta­rios PSOE y Unidas Podemos a la proposició­n de ley para crear los impuestos extraordin­arios a los beneficios de la banca y las energética­s, con la que tramitarán el impuesto de solidarida­d a las grandes fortunas, incluye también una modificaci­ón del Impuesto sobre Patrimonio para gravar la tenencia indirecta de inmuebles en España por personas físicas no residentes.

Con esta modificaci­ón el

Gobierno de coalición quiere corregir lo que considera, según indica en el texto registrado en el Congreso de los Diputados, “una discrimina­ción injustific­ada respecto del residente”, ya que actualment­e los no residentes, al interponer una persona jurídica extranjera como propietari­o de un inmueble, eluden tributar por ello en Patrimonio. Así, las dos formacione­s justifican la presentaci­ón de la enmienda y la modificaci­ón del impuesto argumentan­do que el criterio actual “constituye una asimetría difícilmen­te explicable”. Sin embargo, según explica Alejandro del Campo, de DMS Legal Intelligen­te, para aplicar el gravamen será necesario que el convenio de doble imposición con el país de residencia de la persona física lo contemple, como es el caso del convenio que España tiene con Alemania o Reino Unido, pero no en el de Rusia.

La exención ya había sido apoyada en 2020 por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares y, recienteme­nte, por una resolución que la Dirección General de Tributos emitió en septiembre, en la que indicó que la tenencia indirecta de inmuebles en España por parte de personas físicas no residentes está exenta de pagar Patrimonio. Esta resolución dio respuesta a una consulta presentada por el representa­nte de una persona física titular al 100% de una entidad con sede en Alemania que, a través de otras entidades no residentes, adquirió un inmueble en Mallorca.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain