Expansión Nacional

La eterna batalla legal de Zara para proteger su marca

- V. Moreno.

Zara, la cadena de moda más importante de Inditex, se ha convertido en una marca de referencia a nivel mundial. Por esa razón, el buque insignia de la multinacio­nal del textil se enfrenta habitualme­nte con conflictos marcarios que intentan aprovechar­se de su reputación.

La Oficina de Propiedad Intelectua­l de la Unión Europea (Euipo) acaba de hacer públicas dos resolucion­es en las que da la razón a Zara y echa atrás la solicitud de registro de dos signos.

En el primer caso, Inditex se opuso a la inscripció­n de la marca Strazara. El organismo aceptó la oposición y denegó en su totalidad la petición. La Euipo detalla en su resolución el camino que sigue para averiguar si podría existir un riesgo de confusión.

Primero identifica que el carácter distintivo de la marca anterior –Zara– es uno de los factores que se debe tener en considerac­ión en la apreciació­n global del riesgo de confusión. De hecho, el oponente afirmó que esta ha sido utilizada de manera amplia y disfruta de un ámbito de protección elevado, aunque lo importante es la comparació­n de los signos en conflicto. Visual y fonéticame­nte las marcas coinciden en todas las letras y sonidos de la marca anterior Zara y se diferencia­n en las letras y sonidos Stra del signo impugnado.

Según explica el escrito, “el riesgo de confusión implica una cierta interdepen­dencia entre los factores tomados en considerac­ión y, en particular, una similitud entre las marcas y la existente entre los productos o los servicios. Es decir, que un menor grado de similitud entre los productos y servicios puede compensars­e con un mayor grado de similitud entre las marcas y viceversa. Este principio es de especial relevancia en el presente caso puesto que los productos y servicios idénticos compensan el bajo grado de similitud entre los signos”. La Euipo considera que existe riesgo de confusión en la parte del público destinatar­io que hable español y este peligro respecto a una parte del público destinatar­io de la Unión Europea es suficiente para desestimar la solicitud.

Tres de cuatro

Algo similar ocurre en el segundo asunto estudiado por la Oficina de Propiedad Intelectua­l de la Unión Europea. Zara también se opone a la inscripció­n de una marca europea denominada Zada. El máximo organismo europeo destaca en su escrito que, en este caso, la similitud entre signos es especialme­nte elevado, puesto que coincide en tres de las cuatro letras de la marca y y se diferencia­n únicamente en la tercera letra y sonido y de la marca anterior y del signo impugnado, teniendo un grado de similitud visual y fonético medio.

La Euipo vuelve a desestimar la petición de registro por riesgo de confusión entre los consumidor­es.

DR

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Inditex defiende sus signos ante intentos de aprovecham­iento de otras marcas.

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