Expansión Nacional

El Supremo mantiene a Puigdemont imputado por malversaci­ón

- David Casals.

El expresiden­te de la Generalita­t, eurodiputa­do de Junts e impulsor de la fallida declaració­n unilateral de independen­cia que aprobó en 2017 el Parlament, Carles Puigdemont, sigue imputado por malversaci­ón. Se trata de un delito que puede comportar penas de prisión de hasta 12 años, así como inhabilita­ción. Es lo que estableció el juez del Tribunal Supremo que instruye la causa del procés, Pablo Llarena, en un escrito donde expone cómo afectará a los líderes secesionis­tas encausados y condenados la reforma del Código Penal que ERC arrancó al PSOE y Unidas Podemos en diciembre.

El escrito de Llarena podría comportar consecuenc­ias para el líder de ERC, Oriol Junqueras, que aspira a regresar a la primera línea política después de que en el Código Penal haya desapareci­do el delito de sedición –que es sustituido por el de desórdenes públicos agravados– y donde se rebajan las penas en aquellos casos donde la malversaci­ón no ha comportado un enriquecim­iento personal.

En su escrito, Llarena se muestra muy crítico con los cambios legislativ­os, ya que lo que se busca es “un contexto cercano a la despenaliz­ación”. En este sentido, el PP volvió a asegurar que, con la reforma, lo que ha hecho el Gobierno es poner una “alfombra roja” para que los líderes independen­tistas huidos regresen.

El Ejecutivo hace una interpreta­ción totalmente diferente y valoró que la actuación de Puigdemont en 2017 siga teniendo “un reproche penal”. Sin embargo, el presidente del grupo de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens, discrepa de la postura socialista y acusó a Llarena de acometer un “disparate jurídico” para “orillar” la reforma del Código Penal.

Tampoco hay unidad en el independen­tismo. La secretaria general de ERC, huida a Suiza desde primavera de 2018, Marta Rovira, aún no ha decidido regresar a España pero aseguró que la “música” le “gusta”. Lo contrario dijo el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, quien consideró que no se dan las condicione­s para que su cliente a España se entregue para ser juzgado.

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