Qué derechos tienen los profesores en las clases online
Para no paralizar la enseñanza pública, Hesse (Alemania) aprobó un marco para la educación telemática, pero obvió la protección de los maestros.
El Covid trajo las reuniones telemáticas, así como las clases online para los estudiantes. Este último asunto ha terminado llegando a los tribunales y ha alcanzado uno de los organismos más importantes del Viejo Continente: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En este caso, la corte comunitaria debía dar respuesta a dos actos adoptados en 2020 por el Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Hesse, que estableció el marco jurídico y organizativo durante la pandemia. Como explica el fallo emitido por el TJUE, para preservar el derecho en materia de protección de datos de los alumnos, se dispuso que la conexión al servicio de videoconferencia sólo se autorizaría con el consentimiento de los propios estudiantes o, en caso de ser menores de edad, de sus padres. En cambio, no se pidió el permiso de los docentes implicados en dichas clases online.
El comité principal del personal docente del citado Ministerio interpuso un recurso contra este departamento, que alegó que el tratamiento de datos personales que constituye la difusión en directo de las clases por videoconferencia estaba cubierto por la normativa nacional, de modo que podía realizarse sin solicitar el * consentimiento de los profesores implicados.
El tribunal de lo contencioso-administrativo albergaba dudas en cuanto a la compatibilidad de la normativa de Hesse con las exigencias impuestas en el artículo 88, apartado 2, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), por lo que presentó una petición de decisión prejudicial al TJUE
La corte europea arranca su fallo afirmando que el tratamiento de datos personales de docentes en el marco de la difusión en directo por videoconferencia de las clases de enseñanza pública que imparten está comprendido en el ámbito de aplicación material del RGPD, lo que significa que no deberían aprobarse normas más específicas, co
Se solicitó el consentimiento a los estudiantes y sus tutores, pero no a los docentes
Si el tribunal alemán entiende que la norma nacional no respeta el RGPD deberá inaplicarla
mo hizo el Estado Federado de Hesse.
Si este tipo de regulación existiera, detalla el TJUE, deberían “incluir medidas específicas para proteger la dignidad humana, los intereses legítimos y sus derechos fundamentales de los interesados. Por otra parte, deben prestar especial atención a la transparencia del tratamiento, a la transferencia de datos y a los sistemas de supervisión en el lugar de trabajo”.
Además, añade que, en el caso de que el órgano remitente decidiera que las disposiciones adicionales no respetan los límites establecidos por el artículo 88 del RGPD, le correspondería, en principio, dejarlas inaplicadas y hacer primar el Derecho de la Unión en este sentido.