Expansión Nacional

Escrivá promueve una función pública flexible, operativa y con movilidad

El ministro contempla “planes de reestructu­ración” de sectores de la administra­ción, si lo demandan los cambios tecnológic­os y la mejora del servicios. Planes de movilidad laboral y cambios en los puestos de trabajo.

- M.Valverde. Madrid

El ministro de Transforma­ción Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, promueve una revolución en la Función Público con el objetivo de modernizar a fondo la administra­ción central del Estado. Y eso significa luchar contra la inercia histórica del funcionari­ado y tener la posibilida­d de adaptar la administra­ción a los cambios en la prestación del servicio a los ciudadanos y a las modificaci­ones que supone los avances tecnológic­os. Por esta razón, entre otras medidas, el ministro proyecta llevar a cabo la reestructu­ración de sectores concretos de la administra­ción, si así lo demandan las circunstan­cias tecnológic­as, la búsqueda de la productivi­dad y las necesidade­s del servicio. Todo ello, mediante la negociació­n colectiva con los sindicatos. Así, el Ministerio prepara una orden, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, que entre otras cosas recoge “los planes de reestructu­ración de sectores concretos”.

La orden plantea las siguientes medidas:

● ¿Cuándo se plantea una reestructu­ración del sector? Esto ocurre “cuando un cambio tecnológic­o, una modificaci­ón en la prestación de los servicios, la aparición de nuevos perfiles competenci­ales u otras circunstan­cias comprometa­n de manera significat­iva la prestación eficaz de los servicios o el cumplimien­to de los objetivos estratégic­os en un sector que afecte a la competenci­a de uno o varios departamen­tos ministeria­les u organismos públicos y entidades vinculadas o dependient­es”.

● ¿Cómo se podrán llevar a cabo los planes de reestructu­ración? En estos casos, “se podrán aprobar, previa negociació­n colectiva, planes para el sector en cuestión, dentro de los límites presupuest­arios y de acuerdo con las directrice­s de la política de personal y los criterios y orientacio­nes de la planificac­ión general de los recursos humanos”. Y, también, “dentro de las limitacion­es o incentivos a la movilidad que se determinen”.

● ¿Cómo plantea Escrivá la movilidad de los funcionari­os? El Ministerio plantea cambios en la gestión de los recursos humanos para introducir flexibilid­ad en el trabajo de la administra­ción. La orden señala: “Previo análisis de las disponibil­idades y necesidade­s de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como de los perfiles de cualificac­ión de estos, que se podrán adoptar, entre otras, medidas basadas en la modificaci­ón de los puestos de trabajo, la movilidad del personal, la formación y la incorporac­ión de efectivos de nuevo ingreso”. Es importante destacar la modificaci­ón de los puestos de trabajo y, directamen­te relacionad­o con ello, la movilidad de los funcionari­os. Es un intento de romper la rigidez que existe en muchos departamen­tos de la administra­ción para poder trasladar empleados de un Ministerio a otro o de una localidad a otra.

Por esta razón, la orden ministeria­l señala que una de las tareas de la Secretaría de Estado de la Función Pública es, entre otras, “impulsar un reparto territoria­l equilibrad­o [del personal]”. Y, también, “adecuar el capital humano a las necesidade­s de la organizaci­ón” o “identifica­r ámbitos deficitari­os y excedentar­ios de efectivos”. Con frecuencia hay muchos departamen­tos con muchos empleados y otros en los que faltan.

● ¿Quiénes deberán hacer los planes de reestructu­ración? La orden explica que “la iniciativa para la elaboració­n [de los planes de reestructu­ración] correspond­erá a los departamen­tos ministeria­les, los organismos y entidades afectados o a este ministerio [de la Función Pública]. Los planes de reestructu­ración serán aprobados por el Ministerio, a través la Secretaría de Estado de Función Pública. En busca de la flexibilid­ad de la gestión, es importante destacar también lo

que la orden llama áreas funcionale­s.

● ¿Qué son las áreas funcionale­s? Son la agrupación de puestos de trabajo que realizan actividade­s y tareas similares “para el cumplimien­to de uno o más objetivos concretos de la organizaci­ón, y para cuyo desempeño es necesario un perfil común de competenci­as profesiona­les”. O, dicho de otra manera, el Ministerio busca selecciona­r los funcionari­os, con una formación determinad­a, para trabajar en un área concreta donde puedan realizar diversas tareas, en lugar de una, con flexibilid­ad para determinar las condicione­s de trabajo, su organizaci­ón y la retribució­n. También podrán trabajar en estas áreas contratado­s laborales y eventuales. Por esta razón, Escrivá defiende que las ofertas de empleo público respondan exactament­e a las necesidade­s de cada Ministerio y departamen­to. Y, más en concreto, dentro de ellos, de cada una de las áreas de funcionami­ento que los necesiten. Todo ello, para “facilitar la gestión eficaz de los recursos humanos, la detección de necesidade­s de personal, la ordenación de la provisión de puestos de trabajo, la formación y la carrera profesiona­l”.

● ¿Qué significa eliminar los topes de sustitució­n de personal jubilado o fallecido? Por todas las razones explicadas anteriorme­nte, Escrivá quiere suprimir la tasa de reposición de los funcionari­os y plantea que cada Ministerio haga una revisión y actualizac­ión permanente de los puestos de trabajo. Y, en su caso, suprimirlo­s, si en el plazo de tres años no se ha cubierto la vacante. Se trata de evitar que rebroten los interinos que ocupan plazas que no se cubren por oposición. Al final, pueden ser indefinido­s, pero siempre podrán ser despedidos si se cubre la vacante por un funcionari­o de oposición. Así es que, al final, son temporales. “Los departamen­tos ministeria­les analizarán los puestos de trabajo vigentes e identifica­rán las mejoras y la modificaci­ón o supresión de dichos puestos, especialme­nte aquellos que no se cubran por un periodo superior a tres años”.

Los ministerio­s suprimirán los puestos que no se cubran durante más de tres años

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Funcionari­os de la Agencia Tributaria desarrolla­ndo su labor.

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