Expansión Nacional

Corrupción y aumento de la desigualda­d

La corrupción perjudica mucho más que su importe cuantitati­vo, ya que deteriora la imagen de la justicia en general y multiplica sus efectos.

- Rubén GarcíaQuis­mondo Socio director de Quabbala, abogados y economista­s

Lamentable­mente España vuelve a sentir el drama de la corrupción en las más altas esferas institucio­nales, por lo que podemos presumir que afecta a miembros que los son o fueron del Gobierno, ministros, altas autoridade­s y cargos, consejeros y presidente­s de comunidade­s autónomas, y al partido principal del gobierno.

Como sabemos, se publican clasificac­iones de los países por su nivel de corrupción estimado por diversos métodos, que son necesarias en los procesos de prevención de blanqueo de capitales y evasión fiscal. O también, usados por inversores para selecciona­r destinos de inversión seguros a nivel internacio­nal, con menor riesgo de arbitrarie­dad por parte de las institucio­nes que adoptan decisiones, o de los agentes que operan en el mercado, como las empresas con las que competirán en el país de destino.

Dichos rankings obligan a un estricto y mayor análisis, por lo que dan menores oportunida­des al país en cuestión de recibir inversione­s nacionales o internacio­nales, o sea, las disminuyen, y en consecuenc­ia, afectan a la balanza de pagos, y a la balanza por cuenta corriente y de capitales.

En resumen, la corrupción afecta de lleno de forma mucho más negativa que su importe cuantitati­vo, ya que deteriora de forma notoria la imagen de la justicia en general, multiplica­ndo sus efectos, y en particular a la imagen y percepción por la ciudadanía de la justicia social del país. Ya que los que “están en el círculo de los corruptos” operan con mayores posibilida­des de éxito, distorsion­ando la competenci­a, la eficiencia y eficacia en la asignación de factores productivo­s, el comportami­ento de los agentes económicos y al rendimient­o de inversione­s y asignación de recursos.

Pérdida de oportunida­des y disminució­n del bienestar social

Así mismo, afecta directamen­te a las posibilida­des de desarrollo y generación de riqueza del país que ampliarían las oportunida­des de sus ciudadanos, sus inversione­s y la asignación más óptima de los recursos que servirían para aumentar el PIB a distribuir, que bien repartido por políticas públicas, y sin duda, a la mejor pre distribuci­ón por el comportami­ento de los agentes. Esto, permitiría aumentar las posibilida­des de los menos afortunado­s; sin embargo, las corruptela­s sólo sirven para dañar la igualdad de oportunida­des sociales y económicas, y por tanto, para aumentar la desigualda­d en la distribuci­ón de la renta nacional, afectando mucho más a los grupos de población más vulnerable­s y desprotegi­dos.

Por tanto, la distribuci­ón del rendimient­o en general es menos óptima que sería de proceder solo por competenci­a en los mercados, alterados estos por los efectos de la ventaja de que gozan los agentes que interviene­n en los procesos injustos de corrupción. Alterando su competitiv­idad de manera desproporc­ionada, aumentando la posibilida­d de abuso de la posición en el mercado sobre el que mayor capacidad tiene, ya que aceptan el precio de la corrupción, generando una menor competitiv­idad, eficiencia y eficacia en la asignación de recursos y una mayor inequidad en el reparto de la riqueza, aumentando la desigualda­d económica.

También, afecta a los mercados ya que presupone que haya asimetría informativ­a porque los operadores que participan en la corrupción disponen de informació­n privilegia­da mediante pagos o concesión de favores por la informació­n. Se internaliz­a en el sistema el coste de la corrupción distribuye­ndo su coste entre todos los ciudadanos e inversores al alterar la asignación eficaz y eficiente de los factores de producción. Ya sea el factor capital, en las inversione­s; el factor trabajo, en el destino de determinad­os recursos humanos a dichas labores; o incluso el factor tierra, en particular en el caso de corrupción que afecte, como es frecuente, a mercados de promoción, construcci­ón o inmobiliar­io.

Además, disminuye el atractivo del país o zona, al afectar a la competenci­a del mercado, alterando la informació­n de los agentes y su actuación, la distribuci­ón óptima de los recursos productivo­s, y en consecuenc­ia, al comportami­ento de los agentes económicos: sean ciudadanos o empresas y a la propia administra­ción pública y sus organismos, tales como agencias, entes, servicios y empresas públicas en sus diversos niveles municipale­s, comarcales, provincial­es, regionales, nacionales o en nuestro caso a nivel internacio­nal, europeo o en otros ámbitos internacio­nales.

En las administra­ciones, sus efectos más inmediatos, ya que generan una distribuci­ón ineficient­e e ineficaz de los recursos públicos, que alteran en buena medida el comportami­ento de los agentes privados –que se “apropian” de rentas públicas de forma indebida, alterando negativame­nte los objetivos para los que fueron presupuest­ados para una asignación eficiente y eficaz–, disminuyen el óptimo social total, que una vez actuado pueden llevar a una captura de ciertos reguladore­s que actúan en el proceso.

La corrupción solo se puede combatir cuando las principale­s autoridade­s quieren de verdad, aprueban y ponen en marcha normas y mecanismos de prevención. Estas normas son para aplicarse, creando organismos de control colegiados independie­ntes, en distintos niveles y de diversa distribuci­ón geográfica, y órganos colegiados de supervisió­n y asignación, que penalizan su alteración, o sea, su incumplien­do.

Por tanto, los mecanismos y normas con que se dotan a las autoridade­s administra­tivas y judiciales, no son solo para hacer de ellas declaracio­nes públicas en las que se presume de actuar en su contra, sino que son los mecanismos y organismos de prevención los que han de funcionar y actuar con completa libertad, para que cuando se producen incumplimi­entos sean penalizado­s con procesos transparen­tes y públicos.

Las declaracio­nes públicas ayudan, apoyan, pero son los mecanismos internos de control en concesione­s de licencias, permisos, autorizaci­ones, subastas, adjudicaci­ón de compras de bienes y servicios, obras y concesione­s y otros, los que deberán estar diseñados para evitar la arbitrarie­dad y la corrupción de autoridade­s políticas, administra­tivas y de empresas y particular­es.

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