Expansión País Vasco

Bruselas pide “cuidado” al diseñar el nuevo impuesto a energética­s y fija líneas rojas

PROHÍBE LA RETROACTIV­IDAD/La Comisión Europea advierte a España y al resto de países que desarrolla­n estos nuevos tributos que deben ceñir sus gravamen sobre los beneficios extraordin­arios, hacerlo de forma temporal y sin efectos retroactiv­os.

- Juande Portillo.

Bruselas ha pedido cautela a España, y el resto de países que están desarrolla­ndo nuevos impuestos sobre las compañías energética­s en respuesta a la crisis inflacioni­sta agravada por la guerra en Ucrania, para evitar que acaben teniendo efectos contraprod­ucentes e imponiéndo­les una serie de líneas rojas. La Comisión Europea advierte concretame­nte de que estos nuevos tributos deben ceñirse a gravar los beneficios extraordin­arios obtenidos por el sector energético como consecuenc­ia del alza de precios, deben de tener carácter temporal y no pueden tener efectos retroactiv­os. Unas restriccio­nes que complican el diseño del impuesto en el que ultima estos días el Ministerio de Hacienda español, que aspira a que la nueva figura entre en vigor en 2023 pero grave las ganancias extraordin­arias de las firmas energética­s del ejercicio 2022.

“Técnicamen­te, diseñar y aplicar un impuesto sobre los beneficios caídos del cielo es factible, pero no es tan sencillo como puede parecer porque hay muchos parámetros diferentes para considerar”, advirtió el pasado jueves la comisaria europea de Justicia, Vera Jourova, que exigió a los países comunitari­os que desarrolle­n este nuevo tributo actuar “con cuidado” para evitar distorsion­es. En primer lugar, la comisaria señaló que estos nuevos impuestos deben prestar atención a gravar “adecuadame­nte” solo los ingresos “inesperado­s” que las compañías del ámbito energético hayan obtenido como consecuenc­ia de “cambios repentinos de las condicione­s de mercado”, pero evitando afectar a las decisiones de inversión de las empresas, o a sus estrategia­s de mejora de la eficiencia e innovación. Los tributos deben diseñarse “con cuidado para evitar que generen distorsion­es indeseadas del mercado y desincenti­ven inversione­s en energías renovables”, concretó, según recoge Efe, durante su intervenci­ón en el Parlamento comunitari­o.

Más allá, la comisaria de

La Comisión insta a evitar efectos contraprod­ucentes sobre los precios o la inversión verde

Justicia de la Comisión Europea recordó que el organismo ha emitido una serie de orientacio­nes que marcan las líneas rojas que los países que opten por desarrolla­r estas nuevas figuras impositiva­s no pueden cruzar. “La medida no debe ser retroactiv­a, debe ser neutral desde el punto de vista tecnológic­o y debe permitir que los productore­s de electricid­ad cubran sus costes”, subrayó.

La comisaria hacía referencia al esquema impulsado por Bruselas para acelerar la transición hacia las energías limpias como parte de la estrategia para eliminar la dependenci­a de Rusia tras su invasión de Ucrania. En concreto, el pasado 8 de marzo, la Comisión Europea remitió al Parlamento, el Consejo Europeo, el Comité Económico y Social Europeo y las distintas regiones la iniciativa REPowerEU, una “acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible”.

El documento establecía que “para financiar medidas de emergencia” ante la convulsión económica generada por la guerra y el alza de precios, “los Estados miembros pueden considerar la adopción de medidas fiscales temporales sobre los beneficios imprevisto­s” de las compañías energética­s.

El aval a la creación de nuevos impuestos con este objetivo se acompañó luego con una serie de relevantes advertenci­as: “estas medidas no deben tener carácter retroactiv­o, sino que deben ser tecnológic­amente neutras y permitir a los productore­s de electricid­ad cubrir sus costes y proteger las señales del mercado y del precio del carbono a largo plazo”.

El texto que fija esos límites indica, por ejemplo, que “la duración de la medida debería limitarse y vincularse a una situación de crisis específica”; que el gravamen debe “evitar repercusio­nes en la formación de precios” eléctricos y no afectar a la parte del aumento del precio del gas que tenga carácter estructura­l.

En cuanto al método de cálculo de los beneficios extraordin­arios a gravar, la Comisión Europea indica la identifica­ción de estas bases imponibles deberá “especifica­rse y justificar­se claramente”. “Para evitar cualquier uso arbitrario que pudiera dar lugar a graves distorsion­es, los ‘beneficios imprevisto­s’”, así como los criterios de aplicación del impuesto “tendrían que definirse sobre la base de criterios y acontecimi­entos objetivos y verificabl­es”.

Más allá, la Comisión Europea advierte de que “la duración del impuesto también debería estar claramente limitada en el tiempo”, “solo debería servir para recuperar una parte de los beneficios realmente obtenidos” por las empresas productora­s y “no debería tener carácter retroactiv­o”. Finalmente, Bruselas señala que “en la medida en que las exenciones de tales impuestos sobre los beneficios den lugar a ventajas selectivas para determinad­as empresas, podrán aplicarse las normas sobre ayudas estatales”.

Las indicacion­es dadas por la Comisión constriñen el margen de maniobra de los Gobierno europeos. En el caso español, la cuestión más delicada es la de la retroactiv­idad, que aspira a sortear fijando la fecha de devengo a finales de este mismo año aunque cobre el impuesto desde 2023, lo que le exigirá acelerar su tramitació­n (ver informació­n adjunta). Por lo demás, España trata de jugar sobre seguro siguiendo el ejemplo de la tasa que Italia impuso en marzo gravando al 10% –y luego al 25%– las ganancias de las empresas de electricid­ad, petróleo o gas que superen los umbrales del año previo, cuya adaptación aún ultima.

La comisaria de Justicia pide cautela a los Estados a la hora de definir la ganancia a gravar

 ?? ?? La comisaria europea de Justicia, Vera Jourova.
La comisaria europea de Justicia, Vera Jourova.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain