Expansión País Vasco

Una garantía en crisis empresaria­les

- M.V.

Como su propio nombre indica, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) es el instrument­o que tiene el Ministerio de Trabajo para poder compensar a los trabajador­es que se quedan sin salario por el cierre o la entrada en concurso de la empresa.

Las cuantías con las que puede compensar a las personas que están en esta situación son las siguientes: El Salario Mínimo Interprofe­sional

diario, que este año es de 33,33 euros. En su caso, el doble del SMI diario, con el prorrateo de pagas extras. Es decir, 77,62 euros. El límite del pago de los salarios es de 9.314,40 euros, y de las indemnizac­iones, es de 28.331,30 euros.

Bien es verdad que el Fondo de Garantía Salarial no incluye en la cobertura del trabajador los pluses retributiv­os de distancia, transporte, vestuario, quebranto de moneda, desgaste de útiles y herramient­as. Tampoco dietas, complement­os de incapacida­d temporal y cualquier otro de naturaleza indemnizat­oria. El Fogasa se financia con las cotizacion­es que, con este fin, pagan las empresas tanto públicas como privadas. La base de cotización es la correspond­iente a los accidentes de trabajo y enfermedad­es profesiona­les en el sistema de la Seguridad Social. El tipo a aplicar a la base para 2022, es del 0,20%, que corre a cargo de la empresa. La cotización para los trabajador­es por cuenta ajena agrarios, será del 0,10%. La cotización en supuestos de contratos para la formación es una cuota total fija de 3,59 euros al mes, a cargo del empresario. El Gobierno puede revisar el tipo de cotización que las empresas deben pagar para financiar el Fogasa, aunque la verdad es que no cambia nunca.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain