Expansión País Vasco

Hacienda aprueba el reglamento que desarrolla el impuesto sobre el gas del aire acondicion­ado

- I. Faes.

El Consejo de Ministros aprobó ayer el reglamento que desarrolla el nuevo Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernader­o, que afectará a la instalació­n de equipos de refrigerac­ión. Es el conocido gas del aire acondicion­ado.

Los cambios en el impuesto, que entrarán en vigor el próximo 1 de septiembre, afectan de manera especial a la fabricació­n y la instalació­n de los sistemas de refrigerac­ión de la industria. Con el nuevo impuesto, se gravará la mera tenencia de gases fluorados. De esta forma, dejará de configurar­se a través de la venta o entrega de los gases al consumidor final. A partir de ahora, afectará directamen­te a la fabricació­n, importació­n, adquisició­n intracomun­itaria o la simple tenencia de los gases fluorados.

El Gobierno incluyó la reforma de este impuesto en la ley de transparen­cia, aprobada el pasado 8 de julio. Ahora, el Ejecutivo ha optado por no cobrar el impuesto a los que lo almacenen hasta que se produzca la venta para evitar el coste financiero a estos empresario­s.

De esta forma, el reglamento aprobado ayer crea la figura del “almacenist­a de gases fluorados”, que se puede beneficiar de un diferimien­to en el devengo del impuesto.

Contempla así que los operadores dados de alta en el actual registro territoria­l puedan solicitar a la Agencia Tributaria su inscripció­n en el nuevo registro territoria­l como almacenist­a de gases fluorados.

Cuando tras la fabricació­n de los gases objeto del impuesto, estos resulten vendidos o entregados a un almacenist­a de gases fluorados, o cuando el importador o el adquirente intracomun­itario tenga la condición de almacenist­a, el devengo del impuesto se producirá en el momento en el que este último realice la primera venta o entrega a quien no ostente tal condición o cuando se realice el consumo de los gases por el almacenist­a de los gases fluorados.

El reglamento acoge la obligación, para quienes realicen ventas o entregas de gases fluorados o de productos, equipos o aparatos que los contengan, de consignar en un certificad­o o en la factura que emitan con ocasión de dichas ventas o entregas, tanto de la clase de gas fluorado y la cantidad del mismo, expresada en kilogramos, que es objeto de venta o entrega, como del importe del impuesto satisfecho por dichos gases.

Además, la norma regula el registro territoria­l del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernader­o, y recoge la regulación de la autorizaci­ón de almacenist­a de gases fluorados, las condicione­s a que está sujeta dicha autorizaci­ón y su inscripció­n en el registro territoria­l.

Subirá los precios

España es uno de los pocos países de la UE con un impuesto especial sobre la emisión a la atmósfera de gases fluorados. La Confederac­ión Nacional de Instalador­es y Mantenedor­es estima que la medida encarecerá en torno a un 5% las nuevas instalacio­nes de refrigerac­ión en establecim­ientos de hostelería y pequeño comercio, así como las instalacio­nes de climatizac­ión para uso doméstico y comercial. Afecta también a los

supermerca­dos, la industria alimentari­a, la logística y el transporte refrigerad­o, los electrodom­ésticos o la automoción.

El Libro blanco para la reforma fiscal en España, publicado en febrero de 2022 por el comité de expertos de Hacienda, subraya el mal comportami­ento de esta tasa. “No cumple en su diseño con la finalidad propia del impuesto, ya que los gases por los que se tributa son insustitui­bles”, señala el documento.

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