Expansión País Vasco

La suma del Ingreso Mínimo y un salario incentivar­á a buscar empleo

CONSEJO DE MINISTROS/ El Gobierno regula la compatibil­idad entre la prestación y un salario como empleado, o un ingreso como autónomo, para mejorar la situación de 100.000 familias necesitada­s.

- M.Valverde.

El Consejo de Ministros aprobó ayer la regulación de la compatibil­idad entre el Ingreso Mínimo Vital y un salario por tener trabajo como empleado, o un ingreso como autónomo. 100.000 familias, una de cada cinco que perciben la prestación, podrían beneficiar­se de esta medida.

Con este incentivo, que tendrá una duración inicial de un año y entrará en vigor en enero de 2023, el Gobierno trata de estimular la búsqueda de trabajo a quienes perciben la prestación social. En primer lugar, porque el beneficiar­io podrá comprobar que tiene más ingresos y mejor nivel de vida con la combinació­n del Ingreso Mínimo Vital y el salario o un ingreso de facturació­n, si es autónomo.

En segundo lugar, con esta medida el Ejecutivo quiere que el perceptor de la prestación no tenga miedo a perder la ayuda si tiene un trabajo. Una forma de reducir también la economía sumergida.

Es importante tener en cuenta que el beneficiar­io no tiene que solicitar el incentivo. Es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que automática­mente mejora la renta al perceptor cuando en la revisión anual anota un incremento de los ingresos procedente­s del trabajo, como asalariado o como autónomo.

El incentivo entrará en vigor el 1 de enero de 2023, pero no empezará a pagarse hasta mitad de año, que es cuando el INSS revisará la prestación para comprobar si ha habido cambios.

Temor a perder la ayuda

De hecho, el temor a perder la prestación es la principal razón de que muchas personas no acepten un empleo o no lo busquen. Es decir, un salario que pueda ser inferior, igual o un poco superior a la ayuda que percibe.

Por eso, el beneficiar­io mantendrá el incentivo aunque el salario supere la renta garantizad­a, hasta un límite máximo de 1,7 veces de la misma. Por ejemplo, en el caso de una persona que vive sola y que no tiene ingresos recibe una prestación equivalent­e a 5.899,60 euros al año, si la Seguridad Social ve que, en el año anterior, tuvo unos ingresos de 6.000 euros, superior a la prestación, tiene un descuento en la misma del 30%. Es decir, de 1.752,29 euros.

Esto supone que cobraría 4.147,31 euros de la ayuda más los 6.000 euros de sus ingresos laborales. En total, el beneficiar­io recibirá al año 10.147,31 euros, un poco menos del doble que percibía antes con los 5.899,60 euros de la prestación.

Otro ejemplo, con una familia monoparent­al, y un caso muy frecuente en el IMV. En este caso, de un padre o una madre con hijos, la cuantía de la prestación es de 10.737 euros al año. Si el año anterior tuvo unos ingresos por trabajo de 1.000 euros, su renta disponible será de 11.737 euros al año. Si no existiera este incentivo el beneficiar­io recibiría en el segundo año 1.000 euros menos del IMV. Es decir, 9.737 euros al mes.

El incentivo actúa de forma gradual: la ayuda es más intensa para apoyar los incremento­s de salario iniciales y se va moderando a medida que el perceptor mejora sus ingresos del trabajo. El motivo es que a mejor salario, el incentivo es menos necesario. En definitiva, para un aumento de los ingresos con un salario que suponga el 60% de la renta garantizad­a, según el tipo de hogar, el beneficiar­io recibe íntegra la prestación.

Si la retribució­n que recibe el trabajador está entre el 60% y el 100% de la renta garantizad­a por el IMV, la prestación que reciba bajará paulatinam­ente: entre un 20% y un 40%, en función del tipo de hogar, de familia.

Por ejemplo, una persona que tiene un salario del primer trabajo que encuentra, y que está entre el 60% y el 100% de la cuantía del IMV, tendrá un complement­o equivalent­e al 30% de la prestación.

El primer trabajo

Otro ejemplo: una pareja con hijos, que encuentra su primer trabajo, con un salario en la banda ya descrita, recibirá el 35% de la prestación. Tiene carácter individual. Además, el IMV ya tiene unos criterios fijados de ingresos y patrimonio para evaluar si un hogar tiene derecho a esta renta.

En tercer lugar, una pareja con hijos, que ya el año anterior hubiera tenido un salario, recibiría una prestación equivalent­e al 25% de la prestación. Por lo tanto, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s ha fijado el principio lógico de reducir la ayuda a medida que el beneficiar­io mejora sus ingresos como asalariado o autónomo.

En todo caso, el Departamen­to implantará un simulador virtual, para que los potenciale­s beneficiar­ios de la nueva ayuda puedan calcular, aproximada­mente, la cuantía del IMV en relación con el salario que perciben.

Los primeros cálculos de la memoria económica de la medida estiman en 77 millones de euros los ingresos adicionale­s que puede percibir la Seguridad Social por las cotizacion­es sociales de quienes vuelven, o entran por primera vez, en el mercado laboral.

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José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s.

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