El ‘catastrazo’ de Hacienda genera una guerra judicial por sus elevadas tasaciones
IMPUESTOS/ El Valor de Referencia, usado para calcular la base imponible de los impuestos, permite a las Haciendas autonómicas incluso duplicar el valor de los inmuebles. Al menos 850 contribuyentes han impugnado ya estas valoraciones.
Las valoraciones de los inmuebles por parte de las Haciendas autonómicas han generado una avalancha de reclamaciones por parte de los contribuyentes. La entrada en vigor el pasado 1 de enero del Valor de Referencia (VRM) –que permite a la Administración elevar el valor de los inmuebles al calcular la base imponible de los impuestos–, ha provocado una guerra administrativa y judicial con grandes dudas jurídicas y técnicas sobre la aplicación de este sistema de tasación.
La situación es fruto de la nueva ley contra el fraude fiscal. El texto formaliza, en contra del criterio del Tribunal Supremo, que el Catastro establezca el valor de los inmuebles que sirve como base imponible a la hora calcular la liquidación de los impuestos. El Gobierno descarga así la tasación en el llamado Valor de Referencia, calculado por el Catastro a través de una serie de variables que permite a las
Haciendas autonómicas superar el valor real de los inmuebles. En la mayoría de casos, el valor no se corresponde con el de la escritura y excede el verdadero precio de mercado del inmueble, por lo que exigen más impuestos.
La consolidación del Valor de Referencia como método para calcular la base imponible ha generado al menos 850 impugnaciones por parte de los contribuyentes en lo que va de año. En algunos casos, este periódico ha podido comprobar cómo el cálculo permite valorar el inmueble a más del doble del precio de escritura.
Entre los asuntos que se encuentran ahora mismo impugnados está la compraventa de un piso por 600.000 euros con un Valor de Referencia de 1,2 millones de euros. Otro caso es el de un contribuyente que adquirió una vivienda por 300.000 euros y que la Administración se lo valoró en un millón de euros.
De media, los valores impugnados superan en más de un 20% el precio real del inmueble. Otro de los casos a los que ha tenido acceso EXPANSIÓN es la compra de un piso escriturado por 195.000 euros con un Valor de Referencia fijado por la Administración de 217.000 euros.
Este último asunto, que afecta a un contribuyente de Islas Baleares, muestra que el sistema no solo lleva a tributar sobre la diferencia, sino que también implica cambios de tramos o de tipos. En este caso, al ser su vivienda habitual, hasta los 200.000 euros se podría aplicar un Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) del 5%. Sin embargo, al superar el Valor de Referencia esos 200.000 euros, la Hacienda balear exige un TPO del 8%. Hacienda incluso exige tributar con el Valor de Referencia, pese a comprar con precio fijado en subasta judicial. Tributos establece el VRM para inmuebles adquiridos en un proceso concursal, en el que el juez es quien autoriza la operación y el precio.
El Valor de Referencia genera varias dudas legales. “Este nuevo sistema de determinación objetiva de la base im
En la mayoría de casos, el valor no se corresponde con el de escritura y excede el precio de mercado
Afecta también a la base imponible de Patrimonio y al nuevo impuesto a las grandes fortunas