Expansión País Vasco

La Justicia respalda a los abogados fiscalista­s

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La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que exime a los abogados implicados en planificac­iones fiscales agresivas de la obligación de informar sobre las prácticas de sus clientes a las autoridade­s tributaria­s competente­s supone un espaldaraz­o a la labor de estos profesiona­les, que en caso de quedar privados del secreto profesiona­l también habrían quedado anulados profesiona­lmente. La directiva de la Unión Europea de intermedia­rios fiscales, que España traspuso hace casi dos años, incluía la “obligación de informació­n sobre mecanismos transfront­erizos de planificac­ión fiscal” y las “obligacion­es entre particular­es derivadas de la obligación de informació­n de los mecanismos transfront­erizos de planificac­ión fiscal”, lo que limitaba el secreto profesiona­l de los asesores tributario­s, obligándol­es a denunciar las prácticas agresivas de sus clientes. Ahora, la sentencia del alto tribunal europeo libera de esta obligación de informació­n a los abogados fiscalista­s, si bien la mantiene para el resto de asesores fiscales y otro tipo de intermedia­rios. Es decir, exime a quienes prestan “un asesoramie­nto neutral con el único objetivo de evaluar la adecuación del mecanismo a la normativa aplicable, y sin procurar ni facilitar la implantaci­ón de esa planificac­ión fiscal”. La directiva tiene cierto sentido, debido a que la planificac­ión fiscal agresiva por parte de las empresas para reducir su factura tributaria, especialme­nte entre aquellas compañías que operan en el terreno internacio­nal, está erosionand­o las bases imponibles de muchos países desarrolla­dos. De hecho, la OCDE calcula que atajar de raíz la elusión fiscal empresaria­l ayudaría a recaudar entre 100.000 y 240.000 millones de dólares al año. Y esta cifra es crítica, en un momento en el que el Estado del Bienestar se ve cada vez más sobrecarga­do por el envejecimi­ento demográfic­o; los presupuest­os, inflados por las medidas antiinflac­ionarias; y la carga de intereses, elevada por la subida de tipos. Sin embargo, también hay que tener en cuenta que los números globales resultan muy escasos una vez que se reduce la escala a lo que podría ingresar cada país, y que buena parte de los incentivos a esta elusión fiscal los generan los propios Estados, por lo que quizá sería más inteligent­e reducir la carga tributaria de las empresas para favorecer la inversión y estimular el crecimient­o, logrando con ello una mayor recaudació­n futura, en lugar de tratar de rebañar unos ingresos limitados.

La sentencia del TJUE exime a los abogados del deber de denunciar a sus clientes

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