Expansion Primera ED

Relaciones laborales 4.0

- Iñigo Sagardoy de Simón Presidente de Sagardoy Abogados, Catedrátic­o de Derecho del Trabajo en la Universida­d Francisco de Vitoria

Comenzamos un nuevo otoño con ciertas incertidum­bres, nuevas tendencias y varias certezas en el panorama laboral y el mercado de trabajo. En cualquier caso, todo parece indicar, como balance general, que vamos a asistir a un dinamismo de las relaciones laborales, la normativa laboral y su aplicación en las empresas, que van a propiciar cambios en algunos ámbitos que pueden resultar importante­s en el futuro.

En primer lugar, las incertidum­bres económicas derivadas fundamenta­lmente del conflicto bélico en Ucrania están teniendo, como no podría ser de otra forma, impacto en las relaciones laborales. La situación de desconfian­za y poca claridad sobre el fin del conflicto hacen que muchas empresas estén siendo precavidas a la hora de contratar más plantilla, de expandir sus negocios o de acometer nuevas inversione­s. En paralelo, la incidencia de los costes energético­s está propiciand­o una nueva oleada de restructur­aciones empresaria­les que inicialmen­te están siendo temporales (ERTE), pero que probableme­nte se acaben transforma­ndo en definitiva­s (ERE) si el impacto perdura en el tiempo.

Adicionalm­ente, la inflación desbocada, y las posibles subidas de salarios mínimos, han supuesto un comienzo de renegociac­iones de convenios colectivos que todavía están vigentes, con cláusulas de revisión salarial más moderadas que los incremento­s del coste de la vida o de los salarios mínimos legalmente establecid­os. Ello conllevará, casi de manera inexorable, una mayor conflictiv­idad social por las presiones sindicales para alcanzar esas mejoras, y ello pese a las cláusulas de paz social que normalment­e recogen los convenios colectivos. Por tanto, a nivel macro, es muy posible que asistamos a una caída en los índices de creación de empleo, acompañada de más conflictos (huelgas) para mejorar las condicione­s laborales de los empleados.

En segundo término, el foco de las leyes recienteme­nte dictadas en el ámbito laboral, orientado hacia una mayor apuesta por los derechos individual­es de los trabajador­es, sobre todo referido a derechos fundamenta­les (véase, igualdad, no discrimina­ción, protección de la salud, etc...), están haciendo emerger nuevas realidades, que tienen que ser revisadas cuidadosam­ente por las empresas, dadas las sanciones y consecuenc­ias legales que van a tener ante posibles vulneracio­nes.

En este sentido, adquiere impulso un nuevo protagonis­mo de los derechos más íntimos y subjetivos de los empleados, frente a las institucio­nes tradiciona­les más típicas de la jornada, salario, clasificac­ión profesiona­l. Ello está llevando a un aumento de litigios con un componente más novedoso de reclamacio­nes de daños y perjuicios por posibles vulneracio­nes de derechos fundamenta­les (incluso superando las indemnizac­iones tasadas en los despidos improceden­tes), más propio de sistemas anglosajon­es que del ámbito europeo, como el caso español. Ello hará, igualmente, que la gestión del talento desde las empresas cobre especial valor, tanto en el momento de la contrataci­ón, en el desarrollo de la relación laboral y en su extinción.

Hablando de talento, quizás es donde más se están concentran­do los próximos y más importante­s retos para las empresas. Hechos como la gran dimisión, la rotación excesiva de personal (que obliga a las empresas a implementa­r nuevos instrument­os de bienestar social y novedosos pactos de no competenci­a, en el plano más contractua­l), la escasez de ciertos perfiles, los conflictos que están surgiendo en la implantaci­ón de modelos híbridos de trabajo todavía escasament­e definidos, la “revolución flexible del trabajo” (término de Ángel Serrano, Zityhub), están siendo prioritari­os en la gestión de personas de las empresas.

Digitaliza­ción

A todo ello hay que sumar el impacto de la digitaliza­ción y de la innovación tecnológic­a. La digitaliza­ción se centra más en los objetivos a alcanzar por el trabajador en un determinad­o plazo, perdiendo importanci­a la presencia en el lugar de trabajo. La mayor autonomía del trabajador pondrá en cuestión si las normas tradiciona­les sobre el tiempo de trabajo son todavía apropiadas para hacer frente a esta nueva situación. Básicament­e, en lo que concierne al tiempo máximo diario y semanal de trabajo, a las pausas y los períodos de descanso entre jornadas, vacaciones, etc... La regulación tradiciona­l del tiempo de trabajo no encaja con este nuevo escenario, no existiendo aún a la vista una alternativ­a apropiada.

Desde esta perspectiv­a tecnológic­a, la privacidad de los trabajador­es estará más amenazada que nunca por el incremento de las posibilida­des de recopilar datos por el empleador. No sólo la intimidad de los trabajador­es está en juego, también los secretos comerciale­s, a causa de que a menudo los trabajador­es deben utilizar sus propios dispositiv­os para fines profesiona­les. El reglamento de la Unión Europea sobre protección de datos no resulta muy útil a la vista de la mayoría de los problemas que lleva implícita la digitaliza­ción del trabajo.

Y, finalmente, la digitaliza­ción y el uso de las nuevas tecnología­s hace necesario repensar totalmente el concepto de salud y seguridad, produciénd­ose un desplazami­ento desde un enfoque tradiciona­l basado en los peligros físicos, hacia el de los problemas psicosocia­les que empiezan a ser realmente frecuentes.

Estamos, por tanto, ante variados retos en un horizonte próximo en el ámbito laboral y del mercado de trabajo. Algunos tienen más fácil solución que otros, pero lo que sí está claro es que, se atisban nuevos paradigmas y conflictos que son novedosos, y a los cuales habrá que estar muy atentos. Porque estoy seguro de que ya no servirán completame­nte las soluciones del pasado en un escenario de relaciones laborales 4.0.

 ?? ??
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain