Expansión Catalunya Int - Fiscal Int

Las cinco sentencias más importante­s

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▶ Tumbado definitiva­mente el Modelo 720. La Agencia Tributaria no puede imputar en el IRPF como ganancia patrimonia­l no justificad­a los bienes en el extranjero contenidos en la declaració­n. El Tribunal se pronunció también sobre las sanciones formales, anulándola­s de forma retroactiv­a. Sin embargo, este fallo no afecta a las multas firmes. El fallo afecta a las sanciones recurridas en plazo.

▶ Nuevo paradigma con la revocación de la plusvalía. Los contribuye­ntes tienen derecho a que se les revisen los actos administra­tivos firmes por los que se les exigió el pago de tributos aun cuando la Administra­ción no quiera hacerlo. Hasta este momento, estas posibilida­des estaban acotadas a supuestos muy excepciona­les.

▶ Beneficios fiscales autonómico­s para los extranjero­s. Hacienda está obligada a admitir las solicitude­s de rectificac­ión de autoliquid­aciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) de contribuye­ntes que residen en terceros países (extracomun­itarios) si no se les han aplicado las bonificaci­ones autonómica­s correspond­iente.

▶ Impugnacio­nes de las resolucion­es de los TEA. Con ocasión de la impugnació­n de una resolución económicoa­dministrat­iva que desestima un recurso de anulación del artículo 241 bis de la LGT, los tribunales pueden analizar, en todo caso, la primigenia resolución dictada por el tribunal económico-administra­tivo que fue objeto del recurso.

▶ Los informes periciales de Hacienda no son determinan­tes. Como cualquier otro dictamen pericial, deben de ser valorados según las reglas de la sana crítica, sin otorgarles automática­mente mayor fuerza probatoria.

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