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Las cinco sentencias más importantes
▶ Tumbado definitivamente el Modelo 720. La Agencia Tributaria no puede imputar en el IRPF como ganancia patrimonial no justificada los bienes en el extranjero contenidos en la declaración. El Tribunal se pronunció también sobre las sanciones formales, anulándolas de forma retroactiva. Sin embargo, este fallo no afecta a las multas firmes. El fallo afecta a las sanciones recurridas en plazo.
▶ Nuevo paradigma con la revocación de la plusvalía. Los contribuyentes tienen derecho a que se les revisen los actos administrativos firmes por los que se les exigió el pago de tributos aun cuando la Administración no quiera hacerlo. Hasta este momento, estas posibilidades estaban acotadas a supuestos muy excepcionales.
▶ Beneficios fiscales autonómicos para los extranjeros. Hacienda está obligada a admitir las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) de contribuyentes que residen en terceros países (extracomunitarios) si no se les han aplicado las bonificaciones autonómicas correspondiente.
▶ Impugnaciones de las resoluciones de los TEA. Con ocasión de la impugnación de una resolución económicoadministrativa que desestima un recurso de anulación del artículo 241 bis de la LGT, los tribunales pueden analizar, en todo caso, la primigenia resolución dictada por el tribunal económico-administrativo que fue objeto del recurso.
▶ Los informes periciales de Hacienda no son determinantes. Como cualquier otro dictamen pericial, deben de ser valorados según las reglas de la sana crítica, sin otorgarles automáticamente mayor fuerza probatoria.