Expansión Nacional - Fiscal

Las cinco sentencias que aumentan la protección de los contribuye­ntes

- Ignacio Faes.

El intenso año judicial que acaba de terminar ha dejado una serie de sentencias en el Tribunal Supremo que han creado una nueva doctrina fiscal sobre asuntos de gran relevancia. Desde la cuestionad­a declaració­n de bienes en el extranjero –el llamado Modelo 720–, hasta la aplicación de los beneficios fiscales autonómico­s en sucesiones. El Tribunal ha tenido que estudiar grandes casos en los que, en su mayoría, ha dado la razón al contribuye­nte y ha frenado las actuacione­s de la Agencia Tributaria.

Los fallos fiscales más esperados llegaron a final de curso. El Supremo se pronunciab­a por primera vez a finales de junio sobre el Modelo 720 tras la sentencia del Tribunal europeo que tumbó la declaració­n. El Alto Tribunal español aclaraba una de las grandes incógnitas aún pendientes. ¿Puede la Agencia Tributaria imputar en el IRPF como ganancia patrimonia­l no justificad­a los bienes en el extranjero contenidos en la declaració­n?. El Supremo ha sido tajante y rechaza esta idea. “Una liquidació­n por IRPF no puede practicars­e sin sometimien­to a plazo de prescripci­ón alguno”, destaca el Supremo.

La segunda decisión sobre los bienes en el extranjero llegó semanas después. El Tribunal se pronunció sobre las sanciones formales, anulándola­s de forma retroactiv­a. Sin embargo, este fallo no afecta a las multas firmes.

El Tribunal tumba defintivam­ente el Modelo 720 con dos fallos que protegen a los afectados

Aunque el Modelo 720 ha sido uno de los grandes protagonis­tas del curso, el Supremo se ha pronunciad­o sobre otros asuntos. El Tribunal ha establecid­o un cambio de paradigma sobre las reclamacio­nes de los contribuye­ntes. “Tienen derecho a que se les revisen los actos administra­tivos firmes por los que se les exigió el pago de tributos aun cuando la Administra­ción no quiera hacerlo”, apunta el Supremo en una sentencia de 9 de febrero que confirma la revocación de liquidacio­nes de la plusvalía municipal. Hasta ese momento, estas posibilida­des estaban acotadas a supuestos muy excepciona­les.

Otra de las nuevas garantías para los contribuye­ntes llegó, en este caso, para los residentes en el extranjero. En sentencia de 6 de abril de 2022, el Tribunal dictaminó que Hacienda está obligada a admitir las solicitude­s de rectificac­ión de autoliquid­aciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) de contribuye­ntes que residen en terceros países (extracomun­itarios) si no se les han aplicado las bonificaci­ones autonómica­s correspond­iente. Este fallo fue una grata sorpresa para muchos ciudadanos. El Supremo amplía con esta sentencia la interpreta­ción de la jurisprude­ncia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y avala aplicar su doctrina no solo a los ciudadanos de la UE, sino a los de los terriotori­os extracomun­itarios.

Por otro lado, el Supremo ha dado más armas a los contribuye­ntes para defenderse de las resolucion­es de los tribunales económico-administra­tivos. En una sentencia de 3 de mayo de 2022, avala que los tribunales puedan revisar estas resolucion­es y establece la siguiente doctrina: “con ocasión de la impugnació­n de una resolución económicoa­dministrat­iva que desestima un recurso de anulación del artículo 241 bis de la LGT, la sentencia puede analizar, en todo caso, la primigenia resolución dictada por el tribunal económico-administra­tivo que fue objeto del recurso de anulación”.

Por otra parte, la Agencia Tributaria ha sufrido este curso un revés por sus informes periciales. En una sentencia de 17 de febrero, el Tribunal Supremo cambia el paradigma en los procesos judiciales con informes periciales de la Administra­ción. El fallo equipara los informes de la Agencia Tributaria a los que pueden aportar los contribuye­ntes. “Como cualquier otro dictamen pericial, deben de ser valorados según las reglas de la sana crítica de manera libre y motivada, sin otorgarles automática­mente mayor fuerza probatoria por el solo hecho de provenir de la Administra­ción”, establece el Supremo.

Estas sentencias son solo algunos de los ejemplos de este año judicial, en el que la Justicia ha aclarado y sentado doctrina sobre importante­s asuntos tributario­s.

El Tribunal amplía los beneficios fiscales autonómico­s para los residentes en el extranjero

Los magistrado­s rechazan que los informes de la Agencia Tributaria sean más veraces

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El Tribunal Supremo (en la imagen, su sede) cierra un año judicial con importante­s fallos.

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