Los jueces instan a Sevilla a informar sobre los inmuebles libres de IBI
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que insta al Ayuntamiento de Sevilla a informar a un ciudadano sobre los bienes inmuebles del municipio que están exentos del pago del IBI.
La sentencia, dictada en julio, argumenta la decisión en que prima la Ley General de Transparencia frente a la confidencialidad de los datos tributarios. Asimismo, anula las resoluciones judiciales que avalaron la postura del Ayuntamiento y le insta a entregar “a la mayor brevedad” la información que solicitó un miembro de la asociación Andalucía Laica hace cinco años.
En cualquier caso, el Supremo acota el deber de informar sobre los inmuebles exentos del pago del IBI a aquellos que sean del Estado, comunidades autónomas y gobiernos locales o gobiernos extranjeros.
En 2017 el Consejo de Transparencia de Andalucía ya determinó que el Ayuntamiento debía ofrecer esta información, pero el Consistorio recurrió y los tribunales le dieron la razón al considerar que en este caso se debía aplicar la Ley General Tributaria, que “regula de forma reservada el acceso a los datos tributarios”.
Sin embargo, ahora el Supremo concluye que dicha norma no exime de la aplicación de la Ley de Transparencia ni puede conllevar una prohibición del derecho a acceder a información pública de los ciudadanos, ya que, aunque sea sobre aspectos tributarios, responde a un interés legítimo o público.