Las novedades fiscales del texto
● Límite a los aplazamientos. Los plazos irán desde los seis hasta los doce meses, lo que supone una reducción del tiempo del que dispone el contribuyente para pagar a la Agencia Tributaria.
● Exoneración de deuda. Podrán exonerarse del pasivo insatisfecho hasta el importe máximo de 10.000 euros por deudor.
● Comunicación al juzgado. Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias para el plan de reestructuración.
● Plan de reestructuración. Se entenderá incumplido por el impago de cualquiera de los plazos a la AEAT.