Hacienda debe pagar interés si la empresa no se aplica deducciones
El Tribunal Supremo obliga a Hacienda a abonar intereses de demora a las empresas por no aplicarse deducciones en el Impuesto sobre Sociedades (IS). La sentencia, de 1 de septiembre de 2022, establece que esta situación es un “ingreso indebido” y genera intereses desde el momento en el que se abona.
En concreto, la nueva jurisprudencia del Supremo determina que “la cantidad cuya devolución se acuerda como consecuencia de una regularización con origen en unas acdemora tuaciones inspectoras en las que se reconoce una deducción no aplicada por el contribuyente, devenga intereses de desde la fecha del ingreso, dado que nos encontramos con una devolución de un ingreso indebido”.
El magistrado del Supremo Rafael Toledado, ponente del fallo, recuerda la jurisprudencia del Supremo sobre este asunto y subraya que “la clave está en determinar si la devolución que nos ocupa es de un ingreso debido o de un ingreso indebido”. El fallo establece que “nos hallamos ante una especie de ingresos indebidos sobrevenidos”, destaca la sentencia. Por ello, devengan interés desde el ingreso.