Ventajas fiscales autonómicas por adquirir acciones de nuevas empresas
‘START UP’/ La mayoría de comunidades autónomas ofrece a los contribuyentes la posibilidad de deducirse en el IRPF parte de la inversión realizada en participaciones sociales en sociedades de nueva creación.
La normativa del IRPF contempla, entre otras deducciones fiscales, varias dirigidas a estimular la actividad económica permitiendo descontarse en el impuesto la inversión empresarial realizada durante un ejercicio y, más específicamente, la destinada a empresas de reciente creación.
La parte estatal del impuesto contempla dos deducciones en este sentido, una por incentivos y estímulos a la inversión empresarial y otra por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Según la estadística del IRPF correspondiente a 2020 publicada por la Agencia Tributaria, estas dos deducciones supusieron un ahorro de 12,28 millones de euros y de 8,6 millones de euros, respectivamente, para un total de 20,9 millones de euros. De media, la deducción por inversión empresarial permitió a cada contribuyente que se benefició de la misma un ahorro de 1.669 euros, mientras que en el caso de la inversión en empresas de reciente creación el ahorro medio fue de 2.638 euros.
Por su parte, las comunidades autónomas también pueden aplicar estas deducciones. Actualmente la mayoría de las autonomías ofrecen una deducción de las cantidades invertidas en adquirir acciones o participaciones sociales de sociedades de reciente creación, pudiendo fijar los porcentajes de deducción, cuantías máximas y requisitos que consideren.
En concreto, de las comunidades del régimen común, tan solo Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León y La Rioja no ofrecieron esta deducción en el IRPF de 2021, pero el Gobierno de CastillaLa Mancha ya ha anunciado su creación para aplicarla en la próxima declaración de la Renta. Por su parte, las tres diputaciones forales vascas y la comunidad foral de Navarra también ofrecen esta deducción.
En las comunidades de régimen común, la autonomía con el porcentaje de deducción más bajo es Cantabria, que aplica un 15% de la inversión realizada, y que es también la comunidad con la cuantía máxima deducible más baja, con 1.000 euros. Por el contrario, Madrid permite deducirse hasta 9.000 euros, y junto a Baleares, Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana son las que permitieron un mayor porcentaje de deducción en 2021, del 30%, aunque Madrid ha anunciado su ampliación al 40% para la próxima campaña de la Renta. Además, Andalucía, Baleares, Cataluña, Galicia y Madrid aplican un porcentaje y cuantía máxima mayor de deducción en el caso de aquellas inversiones realizadas en sociedades participadas por centros de investigación o universidades, mientras que la Comunidad Valenciana lo hace en los casos de pymes o empresas con sede fiscal en municipios que estén en riesgo de despoblación.
De esta forma, en 2020 esta deducción dio lugar a un ahorro total de 2,7 millones de euros entre todas las comunidades que la aplicaron. De ellos, a la Comunidad de Madrid correspondieron 1,5 millones de euros en 831 declaraciones (765 individuales y 66 conjuntas), lo que arroja una media de 1.832 euros de deducción, seguida por Cataluña, donde el importe total deducido fue de 825.907 euros, aplicados a 477 declaraciones, con una media de 1.731 euros.
Requisitos
En cuanto a los requisitos, son numerosos y muy variados. Aparte del más básico, que la empresa tenga su domicilio social y fiscal en la comunidad correspondiente, el más extendido, aplicado por la mayoría de comunidades, es el límite a la participación que el contribuyente y sus familiares pueden tener de la empresa de que se trate. En la mayoría de regiones es del 40% del capital social de la sociedad, salvo en Cataluña, donde este límite es del 35%, y en Galicia, del 10%.
Entre el resto de requisitos más habituales, está extendida la obligación de mantener la participación durante un número determinado de años, normalmente tres, la exclusión de aquellas sociedades que tengan como actividad la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, contar con al menos una persona contratada a jornada completa y que ésta no sea socia de la compañía, incrementar la plantilla en los próximos ejercicios, o, en el caso de realizar la inversión en una ampliación de capital, que la empresa haya sido constituida en los tres años anteriores.
Algunas comunidades disponen de más deducciones relacionadas con inversiones en empresas. Por ejemplo, Aragón, Galicia y Murcia aplican una por la inversión en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Además, Galicia aplica otra, de hasta 20.000 euros, por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación, mientras que Castilla-La Mancha acaba de anunciar la creación de una deducción de hasta 4.000 euros por inversión en entidades de economía social.
En 2020 la deducción estatal alcanzó los 8,6 millones y las de las autonomías sumaron 2,7 millones de euros
Varias autonomías amplían la deducción para participadas por centros de investigación