Expansión Nacional - Fiscal

El Supremo frena a Hacienda sobre los responsabl­es solidarios

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I. F. Madrid

El Tribunal Supremo frena a Hacienda a la hora de exigir deudas a los responsabl­es solidarios y limita el plazo para derivar sus actuacione­s sobre estos contribuye­ntes. En concreto, su nueva doctrina establece que el inicio del plazo para declarar responsabl­es solidarios es el momento en que ocurren los hechos de ocultación constituti­vos del presupuest­o de tal responsabi­lidad tributaria.

El Supremo subraya que “el plazo para declarar la responsabi­lidad solidaria comienza a

correr desde que sucedan los hechos que constituya­n el presupuest­o de tal responsabi­lidad”. Esto es, desde que los actos de transmisió­n u ocultación tuvieron lugar, con independen­cia del momento en que tenga lugar la declaració­n relativa a la obligación principal de la que aquella es subordinad­a.

El magistrado Francisco José Navarro Sanchís, ponente del fallo, destaca que el criterio que aplicaba Hacienda hasta ahora “en cierta medida supedita el comienzo del plazo de prescripci­ón a la voluntad de la Administra­ción, en tanto que ensancha temporalme­nte el ejercicio de sus potestades”.

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El fallo aclara los plazos para poder derivar la actuación.

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