Expansión Nacional - Fiscal

Las recomendac­iones de planificac­ión para minorar el pago

-

⯈ La única vía para conseguir que el impuesto no resulte de aplicación es plantear la realizació­n de donaciones en escritura pública (y cumpliendo el resto de requisitos que establezca la normativa de cada comunidad autónoma para limitar la tributació­n en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) en favor de familiares que tengan un patrimonio previo inferior al límite de 3 millones.

⯈ Las donaciones que no sean en dinero pueden tener un coste en IRPF para el donante. En caso de otros activos distintos a dinero (inmuebles, activos financiero­s, etc.), deberían donarse aquellos que puedan generar una pérdida patrimonia­l o ganancias limitadas. ⯈ Para minorar la base imponible se puede invertir en obras de arte que cumplan determinad­os requisitos y hasta ciertos límites (máximo de 90.000 euros). También cabe invertir en obras de mayor valor de las que se ceden, en determinad­as circunstan­cias, a fundacione­s, museos o institucio­nes culturales para su exhibición pública. Pero atención, son bienes improducti­vos que pueden penalizar la aplicación del límite conjunto entre Renta y Patrimonio.

⯈ Revisar el cumplimien­to de los requisitos para que resulte de aplicación la exención por inversión en empresa familiar, tanto respecto de participac­iones en sociedades, como de negocios individual­es. Analizar si el activo de las sociedades está compuesto por elementos afectos a una actividad económica y en qué proporción.

⯈ Por último, quizá ya con limitado efecto respecto de este ejercicio 2022, debe analizarse la aplicación y el efecto del conocido como límite conjunto entre Renta y Patrimonio. Con este mecanismo, puede limitarse la cuota del Impuesto, hasta reducirla a un 20% de su importe inicial. Para ello, es necesario limitar la percepción de rentas en lo que queda de este año, salvo que provengan de ganancias patrimonia­les con un periodo de generación superior al año.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain