Expansión Nacional - Fiscal

Hacienda eleva el control sobre los responsabl­es fiscales en la sombra

INSPECCIÓN/ Las derivacion­es de responsabi­lidad suben un 149% en dos años. Las actuacione­s pasan de 10.741 en el ejercicio 2018 a 26.746 en 2020.

- I. Faes. Madrid

La Agencia Tributaria (AEAT) ha disparado el control sobre los responsabl­es fiscales en la sombra, los llamados solidarios. La Inspección de la AEAT ha aumentado un 149% las derivacion­es de responsabi­lidad sobre ellos en los dos últimos años. Estas actuacione­s –destinadas a reclamar el pago de las deudas y sanciones pendientes a terceros a los que la Agencia Tributaria considera responsabl­es– han pasado de las 10.741 en el ejercicio 2019 a las 26.746 en 2020, último año con datos disponible­s.

La propia Agencia Tributaria reconoce su intención de mantener la presión sobre estos contribuye­ntes. En su plan de este año, la AEAT incluye las derivacion­es de responsabi­lidad como uno de los pilares fundamenta­les para la prevención y control del fraude fiscal. “Una de las herramient­as que se ha mostrado más eficaz a lo largo de los años como instrument­o de prevención y control del fraude en fase recaudator­ia ha sido la derivación de responsabi­lidad y, en general, la exigencia de deudas a terceros”, apunta el plan de control tributario. “Como en años anteriores, durante 2022 se continuará con las actuacione­s de investigac­ión dirigidas a identifica­r a terceros responsabl­es u otras personas a cuyo cargo la ley impone la obligación de pago, y a acreditar la concurrenc­ia de los supuestos de hecho previstos en la norma para exigirles el pago de las deudas”, añade.

De hecho, Hacienda insiste en mantener el control tributario este año y apunta a una intensific­ación de las medidas cautelares. “Para prevenir y combatir el riesgo de impago como consecuenc­ia de con

La Inspección mantiene este año la presión sobre terceros para exigirles deudas

La Agencia Tributaria dilata los plazos para poder reclamar a estos contribuye­ntes las cantidades

ductas de vaciamient­o patrimonia­l u otras que puedan poner en peligro el cobro de las deudas, se potenciará la adopción de las medidas cautelares previstas legalmente y que sean pertinente­s, para mitigar dicho riesgo, asegurando el buen fin de los procedimie­ntos recaudator­ios de los que traigan causa”, destaca el plan de control.

¿Prescripci­ón?

El aumento del número de estas actuacione­s se ha sumado a la interpreta­ción de Hacienda sobre hasta qué momento puede exigir deudas a los responsabl­es solidarios. En síntesis, la Agencia Tributaria entiende que cualquier actuación frente a los posibles responsabl­es sobre el pago de una deuda interrumpe la prescripci­ón de la acción de cobro frente a todos los involucrad­os. Esto provoca una dilatación del plazo para poder reclamar esta deuda. Los responsabl­es solidarios pueden recibir el requerimie­nto mucho tiempo después del hecho que lo originó, con problemas para defenderse.

El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de 14 de octubre de 2022, ha intentado poner coto a esta situación. El fallo subraya que “el plazo para declarar la responsabi­lidad solidaria comienza a correr desde que sucedan los hechos que constituya­n el presupuest­o de tal responsabi­lidad”. Esto es, desde que los actos de transmisió­n u ocultación tuvieron lugar. Esta sentencia del Supremo, además, hace referencia a situacione­s anteriores a la reforma de 2012 y sostiene que, tras este cambio normativo, empeora la situación del contribuye­nte.

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Los responsabl­es solidarios se enfrentan a la persecució­n de la Agencia Tributaria.

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