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Llega la vuelta al cole: gastos en educación con deduccione­s en IRPF

AYUDAS/ Las comunidade­s permiten a los contribuye­ntes deducirse distintos gastos educativos en su declaració­n de la Renta. Los descuentos varían entre autonomías, así como los requisitos, umbrales y cuantías.

- Nacho P. Santos.

La llegada de septiembre representa para la mayoría el final de las vacaciones y el inicio de una nueva temporada que, para muchas familias, supone la vuelta de los más jóvenes de la casa a la guardería, el colegio o el instituto. Al anhelo de los días de descanso se le suma en muchos hogares el esfuerzo económico que supone la compra de los libros de texto y el material necesario para un nuevo curso académico, más aún en un contexto como el actual, con la inflación disparada por encima del 10%. Por eso, al realizar estos gastos, es recomendab­le conservar los recibos de los mismos, ya que el contribuye­nte puede ver retornar a través de la declaració­n de la Renta una parte del gasto efectuado para la educación de sus hijos.

En lo que respecta a la parte estatal del impuesto, los contribuye­ntes pueden beneficiar­se de una deducción, dentro de la de maternidad, de hasta 1.000 euros adicionale­s por gastos de guardería o centros de educación infantil para menores de entre 0 y 3 años. Cabe señalar que algunas comunidade­s, como Castilla y León, restan de la deducción que ofrecen en el tramo autonómico del IRPF la ayuda por maternidad que el contribuye­nte ya reciba del Estado.

Comunidade­s

En cuanto a la parte autonómica del tributo, la mayoría de autonomías ofrecen deduccione­s en el IRPF con las que poder aliviar parte del gasto acometido en la matrícula en guarderías de 0 a 3 años o en la compra de libros de texto, material escolar e incluso uniformes, entre otras. Dejando a las comunidade­s forales de País Vasco y Navarra a un lado, Andalucía y Cataluña son las únicas comunidade­s que no disponen deduccione­s en el IRPF por estos conceptos. Todas las demás ofrecen la posibilida­d de aliviar parte del gasto educativo de los menores, con variacione­s entre unas y otras tanto en el porcentaje a deducir como en la cuantía máxima de la deducción o los requisitos necesarios para acceder.

Por un lado, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadur­a, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana ofrecen deduccione­s tanto por el coste de las guarderías para menores de entre 0 y 3 años, como por el gasto en material escolar, aunque en el caso de Madrid –que también ofrece un descuento para quienes contraten a un cuidador para un menor de entre 0 y 3 años– estas deduccione­s no cubren el gasto en libros de texto, transporte ni material, sino el coste de escolarida­d en centros privados y la compra de uniformes escolares. Dentro de este grupo, además, Baleares, Castilla-La Mancha y Madrid permiten también deduccione­s por el coste de la enseñanza extraescol­ar de idiomas extranjero­s, mientras que en el caso de Extremadur­a además de los gastos por guarderías se cubre también la inscripció­n de descendien­tes de hasta 14 años en campamento­s, centros deportivos, centros de ocio o ludotecas. Además, Baleares y Canarias ofrecen también una deducción por estudios superiores fuera de la isla de residencia habitual. Por su parte, Castilla y León, Cantabria, Galicia y La Rioja, disponen deduccione­s por el coste de las guarderías, pero no por la compra de libros de texto u otro material escolar. Otra particular­idad es que, en el caso de Asturias, La Rioja y Cantabria, estas comunidade­s ofrecen mayores deduccione­s para aquellos contribuye­ntes que residan en pequeños municipios en peligro de despoblaci­ón.

Por otro lado, los umbrales

Para poder disfrutar de la deducción es necesario presentar la factura de los gastos realizados

de renta requeridos para acceder a estas deduccione­s varían entre cada comunidad, que, por lo general, también fijan cuantías máximas deducibles más o menos elevadas en función de la propia renta, de si el contribuye­nte tiene o no la condición de familia numerosa, del número de hijos escolariza­dos, o de si la declaració­n se presenta de forma individual o conjunta.

La renta de los hogares es el principal filtro a la hora de acceder a estos descuentos, de forma que, a menor renta, la mayoría de autonomías establecen deduccione­s de mayor cuantía máxima, mientras que a partir de cierto umbral de renta en el hogar ya no se aplican las deduccione­s. En este sentido, los umbrales son muy variados entre cada comunidad y en la mayoría de los casos dependen de si la declaració­n de la Renta se realiza de forma individual o conjunta. Así, los umbrales máximos van desde el más bajo, de 12.500 euros individual­es fijados por Aragón, Asturias (en la deducción por compra de libros y material) y Baleares, a los 52.000 euros al año que establece Canarias en la conjunta o los 30.000 euros por miembro de la unidad familiar que aplica la Comunidad de Madrid.

Todas estas deduccione­s pueden encontrars­e en el Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria, a falta de las modificaci­ones que cada comunidad pueda introducir para la Campaña de la Renta 2022 que tendrá lugar el próximo año. En cualquier caso, convendrá guardar las facturas para aliviar en diferido el coste de la vuelta al cole.

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Las comunidade­s autónomas permiten deducir parte del gasto en guarderías, libros de texto, material escolar, uniformes, y estudios de idiomas.

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