Expansion Primera ED - Fiscal

Las indemnizac­iones por una sentencia penal no prescriben

- I. F.

El Tribunal Económico Administra­tivo Central (TEAC) establece la no prescripci­ón de las indemnizac­iones y el resto de responsabi­lidades civiles derivadas de una sentencia penal firme. El TEAC invoca así el criterio de la Sala Segunda del Tribunal Supremo recogido en su sentencia de 13 de noviembre de 2020.

Además, según el TEAC, en aquellos casos en los que Hacienda es requerida por un órgano judicial para el cobro de deudas determinad­as por la propia autoridad judicial, covidencia mo es el caso de la responsabi­lidad civil derivada del delito contra la Hacienda Pública, no es necesario dictar la prode apremio. “Está constituid­a por la propia resolución judicial que ordena la exacción a través del procedimie­nto de apremio, lo cual nos lleva a rechazar la alegación del interesado”, destaca el Tribunal de Hacienda.

De esta forma, la resolución dice que “no puede admitirse la falta de notificaci­ón de la providenci­a de apremio como motivo de oposición al embargo”. A su juicio, “no exige notificaci­ón alguna de liquidació­n en periodo voluntario ni de la providenci­a de apremio”.

 ?? ?? El TEAC aplica la jurisprude­ncia del Supremo.
El TEAC aplica la jurisprude­ncia del Supremo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain