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¿Gravar los datos? Los países quieren su parte de los beneficios por estos activos

FISCALIDAD DIGITAL/ Las plataforma­s digitales obtienen gran parte de sus beneficios gracias a estos intangible­s. La Unión Europea y algunos estados norteameri­canos ya estudian unos impuestos a estos recursos.

- Ignacio Faes.

Es el nuevo maná de las economías. Los datos, pese a ser un activo intangible, generan miles de millones de ingresos para las empresas. Desde una base con datos personales, hasta el uso masivo del big data a través de inteligenc­ia artificial, estos activos se han convertido en una pieza indispensa­ble de la economía.

Con la aparición de este nuevo recurso, las Haciendas de varios países –sobre todo los más desarrolla­dos– buscan ya fórmulas para sacar partido a estos intangible­s que, aunque no pueden tocarse, generan una actividad multimillo­naria por sí mismos. La idea de un impuesto sobre los datos no es nueva y lleva tiempo en los foros de discusión fiscal, sobre todo en Estados Unidos.

Los argumentos de los defensores de este nuevo tributo se basan en dos tesis. En primer lugar, en que estos activos están compuestos por pequeños trozos de valor creados por los usuarios, pero que pueden ser revendidos, alquilados o utilizados de la forma que las empresas consideren oportuna. De esta manera, algunos fiscalista­s consideran que hay poco valor añadido por las compañías. En segundo lugar, los foros internacio­nales sobre discusión fiscal digital apuntan a que al utilizar

Los foros fiscales internacio­nales creen que hay poco valor añadido por parte de las compañías

informació­n sobre los ciudadanos como producto bruto para su procesamie­nto, las empresas internaliz­an esa externalid­ad. A modo de ejemplo, sería obligar a pagar a los “propietari­os de una tierra que se está explotando”, por usar un símil de tributació­n tradiciona­l.

Siguiendo esta línea, algunos territorio­s de Estados Unidos han intentado introducir un impuesto a los datos. El último ha sido el proyecto de ley 4959 del Senado de Nueva York el año pasado. El texto vinculó el impuesto al número de residentes neoyorquin­os sobre los que una empresa recopila datos.

Sin embargo, gravar estos activos no es la única vía para conseguir un beneficio por parte de la Administra­ción. En los foros de discusión fiscal cobra cada vez más fuerza la idea de la colaboraci­ón público privada. Esta tesis propone usar las bases de datos desarrolla­das por las compañías privadas para crear redes públicas que reporten también beneficios a los gobiernos. En definitiva, hacer que los datos se abran al uso y desarrollo públicos –en un estándar abierto y acordado– y recibir un beneficio fiscal por ello.

De esta forma, si los datos valen más para una compañía que la ayuda fiscal, podrían conservarl­os, aunque en este caso los servicios tributario­s no harían a la empresa ningún reembolso. Por el contrario, si la informació­n deja de valer más que el posible crédito fis

Entre las propuestas de los expertos está la de ofrecer ayudas fiscales a empresas que los compartan

cal, habrá un coste de oportunida­d y las empresas se verían incentivad­as a abrir los datos.

“Cada vez está más consolidad­o el criterio de que los datos personales también pueden constituir un activo empresaria­l susceptibl­e de comerciali­zación y con un valor económico determinab­le, lo que debe llevar a las empresas a considerar, dentro de su estrategia de explotació­n, la necesidad de incorporar los aspectos fiscales de, en este caso, su transmisió­n a un terce

ro”, destaca Francisco Pérez Bes, socio de Derecho digital de Ecix Group.

“En efecto, ahora que la cesión de datos se ha convertido en una actividad muy provechosa para muchas empresas que comerciali­zan informació­n para, por ejemplo, desarrolla­r programas empresaria­les de inteligenc­ia artificial, deben incorporar, dentro de su planificac­ión los costes fiscales que pueden comportar tales actividade­s desde el punto de vista del rendimient­o del capital mobiliario”, explica Pérez Bes. “Asimismo, plantea una posible necesidad de revisión y actualizac­ión de los convenios de doble imposición, con tal de adaptarlos a estas nuevas situacione­s que trae consigo la evolución digital de las empresas”, apunta.

“En todo caso habrá que estar muy atentos a la aprobación del paquete de normas europeas sobre explotació­n de datos e informació­n (data act, data governance act, etcétera), pues prevén una nueva concepción del tratamient­o de la informació­n que, a buen seguro, va a transforma­r los criterios fiscales relacionad­os con la transmisió­n y uso de este tipo de activos”, concluye Pérez Bes.

Precisamen­te, una de las versiones de estas dos nuevas normativas contenía una disposició­n que autorizaba a las autoridade­s a exigir a las empresas que comparties­en datos de propiedad privada. Sin embargo, hace unas semanas la presidenci­a checa del Consejo de la Unión Europea propuso una reforma para proteger mejor los datos del sector privado cuando las autoridade­s públicas exigen acceso a ellos.

Estas nuevas normativas se encuentran actualment­e en la etapa de diálogo a tres bandas, se están debatiendo en el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea y es probable que entren en vigor a mediados de 2024.

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Los datos son el principal activo para las grandes compañías del sector digital.

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