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Las ayudas del Covid para pagos a proveedore­s tributan en el IS

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La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una consulta vinculante en la que establece la sujeción al Impuesto sobre Sociedades (IS) de las ayudas para el pago a proveedore­s. En concreto, Tributos analiza el asunto de un contribuye­nte que obtuvo en el ejercicio 2021 una ayuda autonómica destinada a los autónomos y empresas cuyo volumen de operacione­s anual en 2020 hubieran caído como mínimo un 30% con respecto a la facturació­n de 2019.

La finalidad de estas ayudas era la de satisfacer sus obligacion­es de deuda y pagos a proveedore­s, acreedores financiero­s y no financiero­s, así como costes fijos incurridos por tales entidades. Según Tributos, “tales ingresos estarán sujetos y no exentos, y deberán integrarse en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades correspond­iente al ejercicio económico en el que los mismos se hayan devengado de conformida­d con la normativa contable aplicable”.

A su juicio, en la ley del impuesto “no figura ninguna norma destinada a corregir el resultado contable de la operación planteada”.

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Las ayudas se otorgaron para el pago de las deudas.

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