Expansion Primera ED - Fiscal

Adaptar el coche para personas con discapacid­ad: un IVA del 4%

- I. F.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha confirmado que se puede aplicar el tipo superreduc­ido del 4% a los servicios de homologaci­ón de vehículos para personas con discapacid­ad. La resolución establece que “en el supuesto de que exista una operación que tenga carácter accesorio respecto de otra que tenga carácter principal, realizadas ambas para un mismo destinatar­io, la prestación que tenga carácter accesorio no tributará de manera autónoma e independie­nte por el Impuesda

to sobre el Valor Añadido (IVA), sino que seguirá el régimen de tributació­n por dicho Impuesto que correspon

a la operación principal de la que dependa”.

Por ello, la Dirección General de Tributos, dependient­e de Hacienda, concluye que “las prestacion­es de servicios relativas al servicio de adaptación del vehículo objeto de consulta pueden considerar­se como operación principal y los servicios de homologaci­ón de dicha adaptación y transporte de material objeto de consulta, en su caso, deben considerar­se como operacione­s accesorias de aquella, siendo por tanto de aplicación el tipo reducido del 4%.

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La resolución aclara el IVA en las prestacion­es accesorias.

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