Madrid
Madrid, y eso es de celebrar en cierta forma, ha reconocido las ventajas de la moto dentro de la circulación. La nueva normativa anticontaminación es menos restrictiva con la moto que con los coches y, además, las nuevas normas sobre aparcamiento hablan de la necesidad de reservar más plazas de aparcamiento para motos, de forma que se priorice el uso de éstas sobre el coche. Pero nos sabe a poco. La nueva normativa, por otra parte, sigue limitando el uso de la moto de forma, a veces, poco lógica o coherente. Si contamina poco y ocupa poco, ¿por qué dar hora de entrada y salida de la zona central o por qué no permitir aparcar en la Gran Vía, cuando hay espacio de sobra? Todo se andará, pero por ahora, que no nos ta
chen de irrespetuosos o poco cívicos. Aprendamos a aparcar tal y como nos dicen las normas.
1ORDEN
DE PREFERENCIA
Lo primero que tienes que saber es que hay un orden de preferencia a la hora de aparcar. No se ha prohibido, de forma tajante, aparcar en las aceras ni nada parecido. Se ha prohibido, lógicamente, hacerlo en algunas ocasiones. De todas maneras, podrás seguir haciéndolo bajo ciertas circunstancias. Lo primero es intentar aparcar en las zonas de aparcamiento para motos. Estas son las que ya había más las nuevas zonas de la calzada reservadas a las motos -después veremos cuáles son-. Si no es posible, en la calzada, en la zona de aparcamiento normal (para coches), es
decir, las que están marcadas con líneas verdes, azules o blancas fuera de la zona SER. Si ahí tampoco puedes, entonces en la acera, aunque con restricciones.
2ZONAS
RESERVADAS PARA MOTOS
Son los aparcamientos específicos de motos que ya existen y que el ayuntamiento se comprometió a aumentar. Además, se añaden las zonas próximas a los pasos de cebra y cruces, en una iniciativa que propuso ANESDOR. Así, los 15 metros anteriores a un paso de cebra, los cinco posteriores a ese paso de cebra (siempre en el sentido de la marcha) y los 15 metros anteriores a los cruces se reservarán para el aparcamiento de motos. Esto permite ampliar las zonas de aparcamiento de moto, así como mejora la visibilidad de los peatones sobre el tráfico en esos pasos de cebra, lo que redunda también en una mejora de la seguridad para ellos.
3EN
LA CALZADA
Si no tienes sitio para aparcar en esas zonas de aparcamiento, deberás intentar aparcar en la calzada. La buena noticia es que en las zonas SER las motos no pagan, a pesar de que la dejes en la zona delimitada en verde o azul. Tendrás que dejarla de forma oblicua a la acera y no ocupar más de dos metros de ancho y, por supuesto, sin que sobresalga y entorpezca el tráfico.
4
EL LA ACERA
Es la última de tus opciones. La acera tiene que tener, al menos, tres metros de ancho. Si tiene menos de seis, en paralelo a la calzada, pegada a ésta. Si la acera tiene más de seis metros de ancho, en semibatería (oblicua a la calzada), siempre que dejes más de tres metros para los peatones. No puedes atarla con candados al mobiliario urbano de ningún tipo y no puedes dejarla estorbando sobre las tapas de registro en el suelo. Tampoco en las zonas para invidentes de los pasos de cebra. Esas zonas que llaman "tacto visuales", con el suelo especial para ello. También debes asegurarte de no entorpecer accesos a paradas de bus o taxis, debes dejar al menos dos metros a los pasos de cebra y, por supuesto, cuidado con las zonas peatonales o de especial protección a peatones (como la Gran Vía). Ahí está prohibido aparcar. Para hacerlo en las aceras, donde está permitido, es obligatorio hacerlo con el motor parado y solo emplear la fuerza del motor para superar el desnivel entre calzada y acera, con precaución para dar siempre la prioridad al peatón.