Las sanciones
Si la policía municipal te para por una de estas razones te juegas una multa importante. De hecho, en algunos casos pueden llegar a inmovilizar la moto en casos de mucho ruido o si te niegas a realizar las pruebas que te pidan. Si te mandan al Centro Municipal de Acústica y estas pruebas acaban en “desfavorable”, esto es exactamente lo que te juegas, según la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid.
Circular con tubo de escape no homologado u homologado pero sin DB-killer, supone una multa desde 91 a 300 euros.
Una vez requerido por un agente y no presentarte en plazo a primera inspección, supone una multa desde 91 a 300 euros.
No presentarse a segunda inspección (después de haber realizado una primera inspección desfavorable), supone una multa de 301 a 600 euros.
La policía podrá inmovilizar el vehículo directamente (sin necesidad de realizar medición alguna) si el vehículo circula con escape no homologado u homologado pero sin DB-killer. También se podrá inmovilizar el vehículo en el caso de superar en 7 dBA o más el límite.
Las sanciones se gradúan entre el valor máximo y mínimo en función de agravantes como la reincidencia. Es decir, si el titular de un vehículo reincide en circular sin DB-killer, la sanción por esta infracción podrá llegar al máximo, en este caso 300 euros.