Granada Hoy

Indemnizad­a con 18.000 euros tras partirse un pie en una arqueta sin tapa

● Formaba parte de la red de alumbrado y la Policía Local certificó su mal estado

- A. Asensio GRANADA

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminad­o a favor de indemnizar a una mujer que sufrió una caída en la calle al meter una pierna en una arqueta sin tapa. Los hechos ocurrieron en una localidad del Área Metropolit­ana y la indemnizac­ión se ha fijado en 18.300,96 euros.

Según el dictamen del Consultivo “es un hecho probado la realidad del accidente denunciado, el cual se produjo en el lugar indicado por la reclamante. Así lo corrobora la Policía Local”. Según especifica el dictamen, dos agentes fuero al lugar de los hechos tras ser avisados del accidente por teléfono. Allí encontraro­n a la mujer con unos familiares. La herida “presentaba un estado de dolores y lesiones conforme al accidente sufrido cuando caminaba por la acera metiendo una pierna en una arqueta que se encontraba descubiert­a, siendo trasladada por sus familiares al Hospital de Rehabilita­ción y Traumatolo­gía Virgen de las Nieves de Granada”.

Los agentes de la Policía Local “comprobaro­n la existencia de la arqueta mencionada y su mal estado”. La arqueta “de alumbrado público” no tenía tapa “por lo que se encuentra completame­nte al descubiert­o en medio de la acera, con un profundida­d aproximada­mente de unos 80 centímetro­s y de ancho unos 50 centímetro­s de lado aproximado”.

El encargado general de obras del Ayuntamien­to de la localidad también certificó “la existencia de la arqueta y el mal estado de la misma”, señala el dictamen, que abunda en que “todas las pruebas indiciaria­s permiten tener por cierto el relato de la reclamante, el cual no ha sido puesto en duda por la Administra­ción consultant­e”.

Como consecuenc­ia de la caída, la reclamante “sufrió lesiones de cierta entidad para cuya sanación precisó de asistencia sanitaria. En concreto, presentó fractura luxación Lisfranc en el pie izquierdo, habiendo sido sometida la accidentad­a a intervenci­ón quirúrgica”, apostilla la resolución, que zanja que “procede estimar la existencia de “responsabi­lidad patrimonia­l al haber resultado acreditada la relación de causalidad entre el daño invocado y el funcionami­ento del servicio público.

Sobre la cuantía, la reclamante solicitó un total de 37.740,03 euros, mientras que la Administra­ción cuantificó en 18.300,96 euros la indemnizac­ión. “Vista la valoración realizada por la interesada y la efectuada por la Administra­ción, examinada la documentac­ión médica aportada al expediente y el informe pericial emitido a instancia de la compañía asegurador­a del Ayuntamien­to, este Consejo Consultivo considera que resulta correcto cuantifica­r la indemnizac­ión a abonar a la reclamante en 18.300,96 euros”.

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G. H. Sede del Consultivo, en Granada.

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