La Junta pide al TSJA que desestime la demanda por el escudo del presidente
● El nuevo símbolo “pretende adaptarse al siglo XXI” y podrá ser empleado por todos los ex presidentes autonómicos
Los servicios jurídicos de la Junta han pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que no admita la demanda por el escudo modificado utilizado por el presidente andaluz, Juanma Moreno, dada la “pérdida sobrevenida del objeto” del pleito. Alega además que carecen de legitimación para recurrir los 73 demandantes, ciudadanos andaluces encabezados por los líderes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT).
En un escrito al que tuvo acceso este periódico, la letrada de la Junta defiende que el escudo del presidente “no supone ninguna modificación del símbolo o escudo de la comunidad autónoma”, pero además se ha producido una “pérdida sobrevenida del objeto de este procedimiento”, ya que el 4 de enero de 2021 se publicó el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno de la Junta que, entre otros, aprueba la insignia institucional del presidente “como modalidad de reproducción simplificada del escudo de Andalucía”.
Esa aprobación se produjo ocho meses después del acto objeto de denuncia, cuando el 3 de mayo de 2020 Moreno usó un escudo andaluz modificado en un pin y en el atril usado para una rueda de prensa.
Afirma la Junta que el nuevo diseño tiene por objeto adaptarse al siglo XXI con “una imagen más dinámica y adaptable a la sociedad actual” que permita identificar y diferenciar la representación de las instituciones que conforman la Junta y sus “valores consolidados de cultura, diversidad, solidaridad y convivencia”.
Este “escudo simplificado” se utilizará a partir de ahora en los materiales relacionados con las actividades de comunicación del Consejo de Gobierno, los portales web, las consejerías, las aplicaciones para dispositivos móviles y los perfiles en la redes sociales institucionales, añade el Gabinete Jurídico de la Junta.
En cuanto al escudo del presidente, el escrito insiste en que está inspirado en la Medalla de Andalucía creada en 1985. El distintivo institucional “podrá ser utilizado por la persona titular de la Presidencia de la Junta y aquellas que la hubieran ostentado” antes en aquellos actos de carácter institucional que lo requieran para reforzar reforzar su eficacia simbólica e identificativa”, sostiene.
La Administración andaluza alega falta de legitimidad de los reclamantes