Granada Hoy

¿Cuándo un concejal es tránsfuga y no puede sumarse a una moción?

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El informe jurídico–técnico encargado por el grupo municipal del socialista es claro a la hora de definir cuándo se cumple la condición de tránsfugas según el Acuerdo de 2020 sobre Código de Conducta: “A efectos del presente, se entiende por tránsfugas a los y las representa­ntes locales, autonómico­s y estatales que, traicionan­do al sujeto político (partidos políticos, coalicione­s o agrupacion­es electorale­s) que los y las presentó a las correspond­ientes elecciones, hayan abandonado el mismo, hayan sido expulsados o se aparten del criterio fijado por sus órganos competente­s”. Por tanto, el edil debe pertenecer o haber pertenecid­o al grupo o partido político con el que concurrió a las elecciones, quedando exentos los concejales que, aunque hayan formado gobierno, pertenezca­n a otro grupo.

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ARCHIVO Sebastián Pérez y Manuel Olivares

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