El Supremo revoca la condena a Vox por las primarias de 2020 en Granada
El Tribunal Supremo ha aceptado el recurso de casación de Vox contra la sentencia de la Audiencia de Granada, la cual ratificó la condena al pago de una compensación a tres afiliados cuya candidatura fue excluida en las primarias de 2020, alegando una violación de sus derechos en dicho proceso interno. De esta forma, se anula la decisión del tribunal provincial.
La sentencia del Supremo señala que “ha resultado razonablemente probado que los afiliados que presentaron los avales de la candidatura de los demandantes que fueron anulados no estaban al día en el pago de sus cuotas” independientemente de que el sistema informático no “pudiera detectar el impago”, siendo el comité electoral “el máximo órgano decisorio en el ámbito de un proceso electoral interno”. Su intervención al respecto “no fue contraria a la normativa” de Vox “en el ejercicio de sus facultades de autoorganización”.
Entre otras razones, el Alto Tribunal señala también que “no se ha causado indefensión a los demandantes porque, una vez que han impugnado los acuerdos, el partido demandado ha facilitado la relación de esos afiliados y la documentación que justifica que no estaban al día en el pago de las cuotas”. En este contexto, “la sentencia recurrida debe ser casada, el recurso de apelación debe ser estimado, la sentencia de primera instancia, revocada, y la demanda, plenamente desestimada”.
Desestima, sin embargo, el extraordinario por infracción procesal y condena a la formación al pago de las costas del mismo. Se acuerda la pérdida del depósito constituido para su interposición, y la devolución de los referentes a los de casación. En un auto del pasado noviembre, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo admitió los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal.