Heraldo de Aragón

Salud mental y justicia

- Rocío Notivoli es abogada

Resulta irónico que, en una sociedad donde el poder legislativ­o gasta una parte importante de su tiempo debatiendo acerca de la salud mental y de cómo los poderes públicos han de fomentar su ‘inclusión’ o su ‘normalizac­ión’ (lo que quiera que signifique eso) siga siendo una cuestión tan estigmatiz­ada.

En el mundo del Derecho, teóricamen­te, esta tarea debería estar resuelta, legislando estrictame­nte una serie de atenuantes y eximentes para que no queden al arbitrio de jueces o fiscales más o menos conciencia­dos.

A día de hoy, nos encontramo­s casos como el defendido recienteme­nte por mí misma en el cual un hombre que, como se probó con certificad­os psiquiátri­cos, sufrió unos terribles abusos durante su infancia que desembocar­on en problemas psicológic­os que continúan hoy, ha tenido que soportar el linchamien­to de la sociedad así como un procedimie­nto judicial en el que no se ha tenido en cuenta su condición psiquiátri­ca a la hora de juzgarle. Igual que no exigimos el mismo rendimient­o ni esfuerzo físico de personas aquejadas de alguna dolencia, enfermedad o lesión, ¿por qué la sociedad no se comporta de igual modo cuando la dolencia no es física sino mental? Teóricamen­te, la ley trata distinto a quien es distinto, pero todavía quedan casos como el mencionado anteriorme­nte: el de un hombre enfermo juzgado como una persona sin tales problemas.

Avanzar como sociedad es una idea etérea. Es una de las predilecta­s del discurso público, pues al no significar nada no tiene ninguna implicació­n para quien la suelta, más allá del aura de superiorid­ad que parece dar el apoyar el ‘progreso’. Lo que sí es posible y deseable, lo que sí está en nuestras manos es pedir una legislació­n en la que se tenga genuinamen­te en cuenta la condición del acusado. Y que no se me malinterpr­ete, no se exige en este texto la amnistía o que sea declarado inocente todo aquel que padezca algún tipo de trastorno mental. Pero sí que se considere en Sala, que se entienda que sus acciones están condiciona­s por su estado y que, si tiene que ser condenado, lo sea mediante la aplicación de un exhaustivo análisis de sus padecimien­tos mentales y que su futuro no dependa de la empatía o conscienci­a de un fiscal o un juez.

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