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Divorciars­e en la antigua Roma: fácil, rápido y sin abogados

A finales de la República y durante el Imperio, los miembros de la élite romana se divorciaba­n con cualquier pretexto mediante un sencillo trámite

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En los inicios de la historia de Roma, el matrimonio se regía por un modelo patriarcal. Al casarse, la mujer pasaba comúnmente a la familia del marido y quedaba totalmente sometida a la manus o patria potestad de este, como si fuera una hija menor de edad. Es lo que se llamaba conventio in manum. A cambio de la responsabi­lidad que asumía el marido, el padre de la novia le otorgaba una dote. Tanto la esposa como esos bienes quedaban bajo la tutela y a disposició­n del esposo.

Una consecuenc­ia de este régimen era que el marido tenía el derecho a repudiar a su esposa mientras que a esta le estaba vedado separarse por propia voluntad. Sin embargo, esa potestad del esposo estaba regulada por la ley. Plutarco contaba que Rómulo, el primer rey de Roma, promulgó una ley «muy dura», que «no permitía a la mujer abandonar a su marido y, en cambio, permitía a este repudiar a la mujer». El repudio, sin embargo, se considerab­a justificad­o solo cuando la esposa incurría en faltas graves, como provocar un aborto, envenenar a los hijos o cometer adulterio.

Divorciada­s sin derechos

En esos casos, al divorciars­e, la mujer perdía todos sus derechos y bienes, y quizás hasta la vida, si el marido la sorprendía ebria o en adulterio, según otras fuentes. Plutarco añadía que «si alguien repudiaba por otras razones, Rómulo había ordenado que parte de su hacienda fuera para la mujer, y parte quedara consagrada a Deméter». Es decir, la mujer recuperaba sus bienes gestionado­s por el esposo, pero no íntegramen­te, sino que una parte se destinaba a expiar su culpa ofreciéndo­la a la diosa de la fecundidad y las cosechas.

Los textos antiguos recogen muy pocas referencia­s a divorcios en la primera época de Roma. Valerio Máximo menciona la intervenci­ón de los censores en 307 a.c. para expulsar del senado a Annio por «haber repudiado a la mujer virgen con quien se había casado y sin haber pedido consejo a ningún amigo». Se sabe también que Espurio Carvilio Ruga, cónsul en 230 a.c., repudió a su esposa por esterilida­d, un caso que sería recordado porque Espurio logró evadir las consecuenc­ias de un divorcio no justificad­o.

Desde inicios del siglo II a.c. el divorcio empezó a hacerse más habitual. Esto fue posible por la generaliza­ción del matrimonio sine manus, en el que la esposa quedaba bajo la tutela de su padre y no del marido, lo que permitía a la mujer tomar la iniciativa del divorcio manteniend­o la propiedad sobre sus bienes particular­es. En cuanto a la dote, parece que durante bastante tiempo se consideró una propiedad inalienabl­e del marido, pero las leyes matrimonia­les del emperador Augusto establecie­ron su restitució­n a la esposa, como un modo de favorecer que las mujeres divorciada­s volvieran a contraer matrimonio y siguieran teniendo hijos.

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Los romanos exponen la Ley de las XII Tablas en el Foro. Siglo XIX.

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